Os informamos sobre el criterio de la seguridad social sobre la prestación por hijo enfermo de cáncer u otra enfermedad grave.
Como sabéis es una prestación de la seguridad social, que consiste en garantizar un subsidio a los padres que reducen la jornada para el cuidado de los hijos en esta situación. (Art. 37.5 del ET y RD 1148/2011, de 29 de julio).
En el informe se recuerda que, cuando se cumplen el resto de requisitos, debe reconocerse el derecho a esta prestación también a los trabajadores a tiempo parcial cuando tengan un contrato superior al 25% de jornada y reduzcan su jornada laboral al menos a la mitad.
Del mismo modo, también advierte entre otras cuestiones, que es el informe médico el único documento que acredita que el menor se encuentra efectivamente en una situación médica que exige cuidado y atención continuado que da derecho a acceder a esta prestación económica.
Enlaces de los documentos: Criterio DGOSS para la prestacion con hijos con cáncer asi como el Informe y resolución DGOSS sobre las incidencias en la gestión por parte de las mutuas en la prestación económica en el mismo supuesto.
miércoles, 3 de junio de 2015
jueves, 28 de mayo de 2015
Resultados últimas elecciones en HPPdN en Valencia
Hoy día 28 de Mayo de 2015, se han celebrado las elecciones sindicales el territorio de Valencia.
"La sección sindical de CC.OO. Servicios en la empresa HP Procesos de Negocio ha ganado las elecciones sindicales en Valencia, obteniendo 9 delegados en el comité de empresa frente a 4 de UGT.
Con estos resultados CC.OO. Servicios consolida su posición como primer sindicato en HP procesos a nivel estatal. Queremos dar las gracias a todos/as los/as compañeros/as por su alta participación sobre todo y por la confianza depositada en nosotros/as.
Expresamos nuestro compromiso y responsabilidad en defender e intentar que cumplan con nuestros derechos.
Estamos llenos/as de ilusión y con muchas ganas, pero recordar, sólo somos los/as representantes, somos todos/as los que podemos hacer que se cumplan.
"La sección sindical de CC.OO. Servicios en la empresa HP Procesos de Negocio ha ganado las elecciones sindicales en Valencia, obteniendo 9 delegados en el comité de empresa frente a 4 de UGT.Con estos resultados CC.OO. Servicios consolida su posición como primer sindicato en HP procesos a nivel estatal. Queremos dar las gracias a todos/as los/as compañeros/as por su alta participación sobre todo y por la confianza depositada en nosotros/as.
Expresamos nuestro compromiso y responsabilidad en defender e intentar que cumplan con nuestros derechos.
Estamos llenos/as de ilusión y con muchas ganas, pero recordar, sólo somos los/as representantes, somos todos/as los que podemos hacer que se cumplan.
!!! Que siga la lucha sindical obrera !!!
jueves, 21 de mayo de 2015
La Patronal sigue sin mostrar sus cartas (Comunicado 44 Convenio TIC)
Ayer 20 de mayo tuvo lugar una nueva reunión de la Mesa de Negociación del Convenio Sectorial Estatal TIC. Patronal y sindicatos debíamos llevar las respuestas desarrolladas a cuestiones presentadas en la anterior reunión.
CC.OO. entregó su trabajo sobre:
Volvimos a reiterar nuestra posición sobre las siguientes cuestiones que consideramos críticas:
La Patronal no tuvo reciprocidad e incumplió. No dio respuesta a nada en concreto, incluso obviando posicionarse en cuestiones en la que se solicitó respuesta concreta, caso de la antigüedad. Se limitó a contestar a los documentos presentados por los sindicatos.
La AEC no enseña sus cartas a 10 días del plazo que ellos mismos daban para poder llegar a un acuerdo. ¿A qué esperan? ¿Hay interés por parte de la Patronal por NEGOCIAR y ACORDAR?
CC.OO. entregó su trabajo sobre:
- Flexibilidad Jornada: Referido al periodo de hasta 2 horas que se pueden aplicar al horario de entrada y de salida (anticipación o retraso). Causa justificada y duración máxima de 9 horas diarias entre el inicio y el fin de la jornada. Propuesta de doble dirección, igual flexibilidad para la persona trabajadora fundamentando causa en misma cuantía y límites.
- Compensación y absorción: Garantizar los mecanismos vigentes empresa por empresa, tanto en el caso que se aplicara la absorción como si no se efectuara en la actualidad por cualquier medio hábil en derecho.
- Clasificación profesional: Se insiste en solicitar equivalencia entre el actual sistema de categorías profesionales y la propuesta patronal de grupos y niveles con una descripción funcional completa que evite equívocos (precarización) a futuro en el encuadramiento del personal de nuevo ingreso.
- Fijos discontinuos: Mejor regulación de los contratos fijos discontinuos. Incremento de las dietas. Criterios claros de conversión a fijos indefinidos. Tiempo máximo de inactividad.
Volvimos a reiterar nuestra posición sobre las siguientes cuestiones que consideramos críticas:
- Reducción de jornada efectiva desde las 1.800 horas anuales actuales.
- Jornada intensiva en julio y agosto, y mecanismos de compensación en caso de vulneración.
- Ampliación de beneficios sociales: Revisión general de permisos retribuidos y asimilación de parejas de hecho.
- Antigüedad como hito no negociable, en los mismos mecanismos actuales y para todo el personal, incluyendo el de nuevo ingreso.
- Mismo redactado de ultra-actividad. Garantizando la cobertura del convenio en su totalidad al margen de las circunstancias de la negociación futura.
La Patronal no tuvo reciprocidad e incumplió. No dio respuesta a nada en concreto, incluso obviando posicionarse en cuestiones en la que se solicitó respuesta concreta, caso de la antigüedad. Se limitó a contestar a los documentos presentados por los sindicatos.
La AEC no enseña sus cartas a 10 días del plazo que ellos mismos daban para poder llegar a un acuerdo. ¿A qué esperan? ¿Hay interés por parte de la Patronal por NEGOCIAR y ACORDAR?
Señores de la AEC-ANEIMO: ¡A trabajar!
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal. Accede a las razones para afiliarte, cuánto cuesta afiliarte y afiliación on-line.
martes, 12 de mayo de 2015
Comunicado 43 Convenio TIC: Sentencia del Tribunal Supremo sobre la ultraactividad en los Convenios Colectivos
También entregó su propuesta de encuadramiento de las actuales categorías en el nuevo sistema de grupos y niveles, pero en este caso hay aspectos sin considerar por su parte que deben ser aclarados antes de poder valorarlos.
La representación sindical, remarcamos una vez más, que su pretensión de suprimir la antigüedad que regula el actual convenio, no tiene cabida en esta negociación, ni tan siquiera para las nuevas incorporaciones. Dejamos absolutamente claro que con esa ?amenaza? encima de la mesa no vamos a poder avanzar.
Esta semana hemos conocido una sentencia que esperábamos desde hace tiempo y que, aunque no se refiera directamente a nuestro sector, aclara la situación de ultraactividad de los convenios que la recogen en su articulado y que la (contra)reforma laboral de 2012 quería atacar: en tanto no se produzca la entrada en vigor de un nuevo convenio colectivo el contenido normativo del convenio actual permanece vigente.
CCOO valora la sentencia del Tribunal Supremo sobre la validez de las cláusulas de ultraactividad de los convenios
La próxima reunión está prevista para el 20 de mayo.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal. Accede a las razones para afiliarte, cuánto cuesta afiliarte y afiliación on-line.
miércoles, 29 de abril de 2015
Comunicado 42 Convenio TIC: Reunión aplazada y prórroga de negociación hasta 31 de mayo
Os informamos que la reunión de la mesa negociadora del convenio estatal TIC prevista para hoy martes 28 de abril, ha sido aplazada por petición de la AEC, al próximo miércoles 6 de mayo, con la aprobación de CC.OO. y UGT.
CC.OO. ha firmado una nueva prórroga de la negociación hasta el 31 de mayo.
Como novedad en la mesa, os comunicamos la nueva incorporación a la negociación de Mónica Pérez, actual secretaria de Salud Laboral de la Federació de Serveis de Catalunya y delegada del sector TIC.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal.
miércoles, 22 de abril de 2015
Comunicado 41 Convenio TIC: Entregada propuesta de mínimos
El pasado 26 de marzo estaba prevista una nueva reunión de la mesa de negociación del convenio, pero se canceló por problemas de agenda. Aún y así, firmamos una nueva prórroga de un mes, hasta el próximo 30 de abril.
El 16 de abril se llevó a cabo una nueva reunión de negociación donde se trató lo siguiente:
Desde CC.OO. se hizo entrega de la respuesta a la “propuesta de mínimos para un convenio de transición" que la AEC presentó en la reunión del 5 de marzo, añadiendo a la misma temas que consideramos centrales a incluir el articulado del convenio sectorial. En la misma línea se requirió más información y tiempo para poder desarrollar una contrapropuesta en la línea de lo expuesto más adelante, punto por punto, en este comunicado.
Los representantes de la AEC recogieron el documento para proceder a su estudio de forma conjunta con la propuesta presentada por UGT, con el fin de preparar una respuesta y contrapropuesta para la próxima reunión, que ha quedado fijada para el próximo 28 de abril.
A continuación detallamos las líneas de la propuesta en la que CC.OO. quiere centrar la articulación del convenio, intentando de nuevo encontrar una salida a la anormalidad de 5 años de bloqueo y con el fin de no prolongar este sinsentido en el tiempo.
• Puntos NO negociables.
o Sistema de Antigüedad, plazos de devengo y cuantía.
o Ultra-actividad: Continuidad del artículo en las mismas condiciones actuales.
• Pendiente de propuesta concreta de AEC y ANEIMO.
o Compensación y absorción: Sobre este punto CC.OO. propone mantener las políticas empresa por empresa mantenidas hasta ahora.
• Propuestas de negociación.
o Flexibilidad horaria: Debe de ser causal y bidireccional, disponible para la empresa y también para la persona trabajadora como medida de conciliación.
o Pausa de comida: Tiempo máximo de 1:30 horas para no alargar la jornada laboral, ni la presencia estéril en los centros de trabajo.
o Jornada intensiva en julio y agosto: 36 horas semanales fijando un sistema de compensación dónde ésta no pueda realizarse.
o Jornada anual: Reducción desde las 1.800 horas actuales a 1.780 horas anuales.
o Ampliación de los permisos retribuidos y extensión a parejas de hecho, que actualmente reflejan únicamente el mínimo fijado en el Estatuto de los Trabajadores.
o Clasificación profesional: Asegurar que nadie pierde en la transición al nuevo sistema de Grupos y Niveles, condicionando cualquier avance sobre la clasificación y retribuciones a este punto.
o Distribución irregular: Reducción del porcentaje fijado por la Reforma Laboral de disponibilidad de la jornada anual como irregular del 10% hasta el 8%, lo que supone reducir la disponibilidad desde las 180 horas actualmente a 142,5. Ampliar a 10 horas el horario en distribución irregular, con el límite de las 22:00 horas para la realización de las mismas.
o Contratación: Limitación de los contratos temporales en un porcentaje sobre el conjunto del volumen del empleo de cada empresa. Mejoras en el tratamiento indemnizatorio a la finalización.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal.
El 16 de abril se llevó a cabo una nueva reunión de negociación donde se trató lo siguiente:
Desde CC.OO. se hizo entrega de la respuesta a la “propuesta de mínimos para un convenio de transición" que la AEC presentó en la reunión del 5 de marzo, añadiendo a la misma temas que consideramos centrales a incluir el articulado del convenio sectorial. En la misma línea se requirió más información y tiempo para poder desarrollar una contrapropuesta en la línea de lo expuesto más adelante, punto por punto, en este comunicado.
Los representantes de la AEC recogieron el documento para proceder a su estudio de forma conjunta con la propuesta presentada por UGT, con el fin de preparar una respuesta y contrapropuesta para la próxima reunión, que ha quedado fijada para el próximo 28 de abril.
A continuación detallamos las líneas de la propuesta en la que CC.OO. quiere centrar la articulación del convenio, intentando de nuevo encontrar una salida a la anormalidad de 5 años de bloqueo y con el fin de no prolongar este sinsentido en el tiempo.
• Puntos NO negociables.
o Sistema de Antigüedad, plazos de devengo y cuantía.
o Ultra-actividad: Continuidad del artículo en las mismas condiciones actuales.
• Pendiente de propuesta concreta de AEC y ANEIMO.
o Compensación y absorción: Sobre este punto CC.OO. propone mantener las políticas empresa por empresa mantenidas hasta ahora.
• Propuestas de negociación.
o Flexibilidad horaria: Debe de ser causal y bidireccional, disponible para la empresa y también para la persona trabajadora como medida de conciliación.
o Pausa de comida: Tiempo máximo de 1:30 horas para no alargar la jornada laboral, ni la presencia estéril en los centros de trabajo.
o Jornada intensiva en julio y agosto: 36 horas semanales fijando un sistema de compensación dónde ésta no pueda realizarse.
o Jornada anual: Reducción desde las 1.800 horas actuales a 1.780 horas anuales.
o Ampliación de los permisos retribuidos y extensión a parejas de hecho, que actualmente reflejan únicamente el mínimo fijado en el Estatuto de los Trabajadores.
o Clasificación profesional: Asegurar que nadie pierde en la transición al nuevo sistema de Grupos y Niveles, condicionando cualquier avance sobre la clasificación y retribuciones a este punto.
o Distribución irregular: Reducción del porcentaje fijado por la Reforma Laboral de disponibilidad de la jornada anual como irregular del 10% hasta el 8%, lo que supone reducir la disponibilidad desde las 180 horas actualmente a 142,5. Ampliar a 10 horas el horario en distribución irregular, con el límite de las 22:00 horas para la realización de las mismas.
o Contratación: Limitación de los contratos temporales en un porcentaje sobre el conjunto del volumen del empleo de cada empresa. Mejoras en el tratamiento indemnizatorio a la finalización.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal.
martes, 21 de abril de 2015
La audiencia nacional da de nuevo prioridad a un convenio colectivo frente a la reforma laboral
La Sentencia reconoce lo establecido en el Convenio Sectorial de Contact Center sobre la reducción de jornada por cuidado de familiares.
El pasado 23 de marzo, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia contra la empresa Transcom Worldwide Spain, S.A. en referencia a los límites legales que dicha empresa exigía para las concreciones horarias de las reducciones de jornada por motivos familiares.
Dicha sentencia reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras de esta empresa a concretar su horario sin necesidad de que la distribución sea “diaria y proporcional” a la jornada. Es decir, a Audiencia Nacional contradice a lo dictado en la última la Reforma Laboral.
Esto se traduce en que el personal podrá reducir su jornada según le convenga y trabajar, por ejemplo, dos o tres días a la semana y librar el resto, o trabajar un número de horas un día y otro número de horas distinto al día siguiente.
Sin embargo, este supuesto no es aplicable a todas las empresas, tan solo a las que, en virtud de la negociación colectiva, se mantengan en el ámbito de un Convenio o norma que mejore legalmente al Estatuto de los Trabajadores.
La empresa demandada pertenece al sector del Contact Center, cuyo Convenio Colectivo en su artículo 33 presenta, según la Audiencia Nacional, un redactado “más favorable para los trabajadores, debiendo tener por tanto una aplicación preferente”.
Desde Comisiones Obreras valoramos muy positivamente esta sentencia, no solo por los efectos directos que tiene en las empresas del sector, sino porque refuerza el papel de la negociación colectiva, la importancia de los Convenios y de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en la elaboración de las normas.
El pasado 23 de marzo, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia contra la empresa Transcom Worldwide Spain, S.A. en referencia a los límites legales que dicha empresa exigía para las concreciones horarias de las reducciones de jornada por motivos familiares.
Dicha sentencia reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras de esta empresa a concretar su horario sin necesidad de que la distribución sea “diaria y proporcional” a la jornada. Es decir, a Audiencia Nacional contradice a lo dictado en la última la Reforma Laboral.Esto se traduce en que el personal podrá reducir su jornada según le convenga y trabajar, por ejemplo, dos o tres días a la semana y librar el resto, o trabajar un número de horas un día y otro número de horas distinto al día siguiente.
Sin embargo, este supuesto no es aplicable a todas las empresas, tan solo a las que, en virtud de la negociación colectiva, se mantengan en el ámbito de un Convenio o norma que mejore legalmente al Estatuto de los Trabajadores.
La empresa demandada pertenece al sector del Contact Center, cuyo Convenio Colectivo en su artículo 33 presenta, según la Audiencia Nacional, un redactado “más favorable para los trabajadores, debiendo tener por tanto una aplicación preferente”.
Desde Comisiones Obreras valoramos muy positivamente esta sentencia, no solo por los efectos directos que tiene en las empresas del sector, sino porque refuerza el papel de la negociación colectiva, la importancia de los Convenios y de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en la elaboración de las normas.
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