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miércoles, 17 de agosto de 2022

España y los bajos salarios

En un país de salarios bajos, los efectos de una inflación disparatada como la que actualmente sufrimos justifican la insatisfacción de millones de personas trabajadoras con unos ingresos que apenas sirven para cubrir las necesidades vitales básicas

Unai Sordo . Secretario general de CCOO


No se trata de recopilar con profusión datos para atestiguar que España tiene un problema de bajos salarios. Los salarios medios (unos 26.800 euros anuales) o los salarios más frecuentes en nuestro país (por debajo de los 19.000) dan cuenta de ello.

Es verdad que estos resultados medios tienen oscilaciones en función del sector y del tipo de empresa en la que se trabaja, y que existen variaciones territoriales, que habría que poner en relación también con los distintos costes de la vida que se dan a lo largo y ancho de un territorio grande como el nuestro, en términos comparados dentro de la UE. Pero es indiscutible que en un país de salarios bajos, los efectos de una inflación disparatada como la que actualmente sufrimos justifican la insatisfacción de millones de personas trabajadoras con unos ingresos que apenas sirven para cubrir las necesidades vitales básicas. Este problema salarial, a grandes rasgos, viene derivado de diferentes cuestiones.

La primera es la composición de nuestro tejido productivo, con un paulatino deterioro de sectores que históricamente contaban con mejores remuneraciones, por un lado, y el excesivo peso de otros sectores cuya productividad se fundamenta en un ajuste de costes donde el salarial es determinante para la rentabilidad empresarial (de un tejido de empresas de escasa dimensión, no lo olvidemos, en comparación con un país como Alemania).

Esta dinámica no es ajena al proceso de descentralización productiva entendido como un método empresarial para deshacerse de responsabilidades y costes. Es decir, trabajar en lo que se denomina un sector de servicios de bajo valor añadido y con bajos salarios es compatible con que esa actividad laboral esté inmersa en una cadena de valor que proporciona beneficios y rentabilidades altas a las empresas, solo que a veces la externalización de la actividad es una forma de “apretar las tuercas” de unas empresas a otras, y de estas a la clase trabajadora.

Recientemente hemos conocido la voluntad de empresas de reparto como Glovo o Uber Eats de declararse en rebeldía contra la legalidad vigente. No hace tanto el alcalde de Madrid se amparaba en la subcontratación de la actividad de la limpieza viaria de la capital para eximirse de cualquier responsabilidad sobre la muerte de trabajadores por golpes de calor (dicho sea de paso, apenas unas semanas antes del súbito interés instalado en el PP por las temperaturas laborales, tras el decreto de ahorro energético…).  

La segunda razón que explica los bajos salarios es la alta tasa de paro que sufre históricamente España. Un lastre para las reivindicaciones salariales, pues las empresas cuentan con la posibilidad de sustituir trabajadores con mejores salarios por otros con menores retribuciones con demasiada facilidad, y porque el riesgo del desempleo es un disciplinante reivindicativo importante.

En tercer lugar, la apuesta competitiva del modelo económico español en el proceso de integración europeo, y luego de integración económica mundial, fue la de los bajos salarios y la precarización de la contratación, en un mal entendido concepto de flexibilidad externa. Nuestros desequilibrios productivos, con menor presencia de la deseable de sectores transformadores y exportadores, han generado una excesiva dependencia de sectores volátiles –ligados a burbujas de sobreendeudamiento– y sectores económicos más especializados en modificar precios y en capturar rentas que en transformar bienes y servicios generando valor añadido.

La cuarta variable sería la dispar densidad sindical que existe en función de empresas y sectores. Cualquiera de los problemas anteriormente citados cuenta con diferencias sustanciales en las condiciones salariales dependiendo del grado de organización de las y los trabajadores. Esta variable se suele obviar en todos los análisis y, sin embargo, es tan decisiva como el resto. En situaciones productivas similares, la distribución de los salarios es más favorable para la clase trabajadora allí donde aparece sindicalmente organizada.

Desde esta situación descrita muy grosso modo, no es extraño que fenómenos como la “gran dimisión” que recientemente se daba en EEUU (millones de personas trabajadoras renuncian a sus puestos de trabajo por la insatisfacción con sus sueldos y demás condiciones de trabajo) no hayan tenido reflejo en España, y que cuando se dan situaciones puntuales en las que surgen dificultades para encontrar “mano de obra” (el campo o la hostelería), se genere una alarma empresarial con amplio eco mediático. Casi siempre para poner el foco donde no se debe, porque la dificultad de encontrar quien cubra esos puestos tiene que ver con las condiciones que se ofertan, particularmente con los bajos salarios, las jornadas interminables y la nula expectativa vital sobre la continuidad de tales empleos.

Pero estos ejemplos son limitados. En España existe un deseo de parte significativa de las personas trabajadoras de cambiar de puesto de trabajo para obtener mejores salarios, pero eso no quiere decir que tal deseo se suela materializar con facilidad. Creo haberle escuchado decir –con acierto– al presidente del CES, Antón Costas, que las malas empresas no pueden generar buenas condiciones laborales (o algo similar, si yerro en la cita pido disculpas por adelantado). Yo enfatizaría que las malas condiciones de trabajo y de salario son un incentivo a las malas empresas y retroalimentan un círculo vicioso que lastra la calidad del empleo, pero también la productividad positiva (la productividad es como el colesterol, la hay buena y mala en función de en qué se base) y las condiciones de competencia leal entre las propias empresas.

Por todo ello España debe modificar el sistema de incentivos económicos. En parte lo hemos hecho a través de una reforma laboral que debiera cambiar el patrón de contratación en España, convirtiendo la estabilidad en el contrato en la norma, incluso ligada a la actividad estacional; también parcialmente a través de una mejor regulación de la subcontratación, aunque solo en sus aspectos más extremos, como fue eliminar la prevalencia salarial del convenio de empresa –auténtica invitación a la competencia desleal–; de forma iniciática respecto a la economía de plataforma, que reconoce la presunción de la laboralidad de los riders pero que tiene que extenderse al conjunto de actividades, pues el fetiche digital de la plataforma como “razón” para cuestionar el trabajo dependiente es un caballo de Troya para el propio derecho laboral.

Estabilizar la contratación e internalizar responsabilidades en las cadenas de valor, después de las décadas de orgía des-regulacionista, se antoja como necesario para promover una subida de los salarios e impulsar los mejores proyectos empresariales.

Además, la subida del SMI y el desarrollo de rentas de garantía de ingresos deben servir para aquello que por desgracia no sirven, aunque determinado empresariado se queje de ello: para desincentivar trabajar en cualquier condición, bajo cualquier salario. No se trata de fomentar una sociedad que “viva de paguitas” (como cínicamente suelen decir los que viven de pagazas —de ellos/as, familiares, conocidos y saludados…—), sino de una sociedad en que la actividad económica no se base en la necesidad extrema de amplias capas de la población, sino de proyectos productivos que se rentabilicen en base a mejores formas de trabajo, estabilidad en sus plantillas, inversión, investigación y desarrollo aplicados, formación permanente, etc.

miércoles, 9 de febrero de 2022

La subida del SMI a 1.000 euros beneficiará a más de 1,8 millones de trabajadores

 La subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.000 euros brutos mensuales en 14 pagas beneficiará a cerca de 1,81 millones de trabajadoras y trabajadores, es decir, a más de 1,5 millones de personas que trabajan a tiempo completo y a casi a 300.000 personas que lo hacen a tiempo parcial, según estimaciones del Gabinete Económico de CCOO.


En concreto, de la subida se beneficiarán un total de 835.600 mujeres y de 682.600 hombres. El Gabinete ha explicado que el análisis únicamente se refiere a trabajadores a tiempo completo y que la estimación del volumen de beneficiarios a tiempo parcial se ha obtenido a partir del número de beneficiarios a tiempo completo.

Por edad, casi el 31% de los jóvenes de entre 16 y 34 años que trabajan a jornada completa se verán favorecidos por el aumento. Teniendo en cuenta el sector, el 40,5% de las personas que trabajan para el sector agrario se beneficiarán del incremento, así como el 11,5% de los que trabajan para el sector servicios.

Así, el perfil medio del principal beneficiario de la subida será el de una mujer de entre 16 y 34 años con un contrato temporal y que trabaja en el sector de la agricultura o en el sector servicios.

El Gabinete Económico ha puesto de relieve que la subida del salario mínimo ha beneficiado a más de un millón de personas asalariadas, “mejorando las condiciones de trabajo y la cohesión social del país”.

miércoles, 31 de marzo de 2021

Todas las empresas deberán tener listo el registro salarial por sexos en dos semanas

 No tener este registro está calificado como una infracción grave, multada con hasta 6.250 euros, y si se concluye que la empresa ha incurrido en una discriminación por razón de sexo, se enfrentaría a una infracción muy grave sancionada con hasta 187.515 euros


Si tiene una empresa y no ha implementado un registro salarial por sexos de su plantilla, va tarde. En dos semanas, el próximo 14 de abril, se cumple el plazo de seis meses que el Gobierno dio para tener a punto este registro retributivo, que pretende combatir la brecha salarial entre hombres y mujeres, con los detalles que exige su reglamento. Deben disponer de él todas las compañías, sea cual sea su tamaño. No cumplir con esta obligación está considerado una infracción laboral grave, que puede ser sancionada con multas de hasta 6.250 euros. En caso de detectarse discriminación, las multas pueden ascender a los 187.515 euros.

El registro retributivo es una de las herramientas aprobadas para garantizar la igualdad salarial a través de la transparencia retributiva en el seno de las empresas. El objetivo de la normativa es que a través de la transparencia en las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras se puedan detectar –y combatir– discriminaciones entre hombres y mujeres, tanto directas como indirectas.

"La idea es mostrar qué pasa realmente en las empresas, que se ponga negro sobre blanco muchas cuestiones que nos decían que nos inventábamos, como la infrarrepresentación de las mujeres en algunas categorías profesionales y las desigualdades salariales en los complementos y otras compensaciones extrasalariales", sostiene Cristina Antoñanzas, vicesecretaria general de UGT. Antoñanzas destaca que los comités de empresa están encontrando dificultades en muchas empresas para que estas faciliten los datos a los representantes de los trabajadores. "Es obligatorio, pero el proceso va muy lento, hay muchas empresas que no tienen el registro aún", añade la representante sindical.

En realidad, la legislación laboral ya exige desde 2019, con el anterior Gobierno de Pedro Sánchez, que las empresas lleven a cabo este registro salarial de su plantilla desagregado por sexos. Sin embargo, esta y otras medidas de igualdad laboral (como los nuevos planes de igualdad) quedaron pendientes del desarrollo reglamentario, que el Ejecutivo de coalición aprobó finalmente a través de dos reales decretos el pasado octubre. El reglamento de igualdad retributiva, que detalla cómo deben ser estos registros, entra en vigor este 14 de abril.

A continuación, recordamos algunas claves del registro retributivo:

¿A quién afecta el registro salarial?
"Todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos", recoge el reglamento.

¿Quién participa en su elaboración?
El empresario es quien debe elaborar el registro retributivo, pero tiene que consultar a la representación legal de los trabajadores "con una antelación de al menos diez días", con carácter previo a su elaboración.

¿Qué conceptos salariales deben recogerse?
El registro retributivo deberá incluir "los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla", desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Se debe diferenciar el salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, "especificando de modo diferenciado cada percepción", recoge el reglamento. En concreto, la empresa tiene que plasmar "la media aritmética y la mediana" de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada categoría o grupo profesional.

miércoles, 3 de marzo de 2021

Los salarios del sector TIC deberían subir hasta 30.000 euros al año para acercarse a la media de Europa

 CC OO presenta un informe sobre el sector de la información y las comunicaciones en el que pide un acuerdo estatal por el desarrollo tecnológico y la digitalización


En el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (conocido como TIC) cada unidad de producto fabricado, ya sea en las manufacturas o en el sector servicios --donde se registran el 96% de la producción de estas actividades en España-- tienen un alto valor añadido. Esta característica suele tirar hacia arriba de los salarios, ya que existen márgenes superiores de negociación respecto a aquellas empresas que no fabrican un producto con dicho margen. Sin embargo, según un exhaustivo informe realizado por CC OO "llama la atención que en España, el Sector de las TIC no sea un sector puntero en condiciones laborales".


España tiene el 7% de sus ocupados trabajando para el sector TIC, lejos del 18% de Alemania; el 17% del Reino Unido; o el 13% de Francia y más en la línea de Italia (9%), Polonia (6%) y Holanda (5%). Y, aunque el 86% de los contratados son fijos, se trata de un sector fuertemente masculinizado ya que prácticamente nueve de cada diez trabajadores de estas actividades en el mercado español son hombres.

Pero son los salarios el aspecto que más deteriora estas condiciones laborales y que está provocando desde hace años la marcha de los mejores profesionales a otros países de Europa, según ha advertido hoy el responsable de la Federación de Servicios a la Ciudadanía, Juan Manuel del Campo, quien ha precisado que los sueldos de los profesionales TIC en España deberían subir entre 20.000 y 30.000 euros al año para acercarse a la media europea.

Además, en este sentido, este responsable sindical ha destacado que la cualificación que exigen las empresas no se corresponde en la mayoría de las ocasiones con los contenidos curriculares de las universidades, por lo que muchos estudiantes completan su formación de manera autodidacta y pagando cursos complementarios. Pese a la gran demanda empresarial y la escasa oferta de profesionales "los salarios resultan un aspecto problemático en el sector, caracterizado por su heterogeneidad y una incidencia de bajas remuneraciones en algunos de los puestos laborales de menor jerarquía".

Por ello, el secretario general de CC OO, Unai Sordo, ha situado como uno de los principales retos del sector "estudiar cómo se redistribuyen las mejoras de productividad" que en estas actividades son notablemente superiores al resto de la economía. En esta línea, la ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, que ha intervenido también en la presentación de este informe, ha añadido otros dos retos del sector TIC: lograr la digitalización de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y dotar de capacitación en competencias digitales al grueso de la población trabajadora.

Para desarrollar esta capacitación, CC OO pone el acento en la capacitación permanente de los trabajadores. Además de pedir que se desarrolle una red de centros públicos de formación que impartan las necesidades empresariales a través del impulso de la formación dual, profesional, reglada y continua. El sindicato exige desarrollar planes formativos específicos para la recualificación de trabajadores afectados por los procesos de transformación digital de las empresas y que los ERTE estén ligados a planes de formación, con objetivos concretos de recualificación y recolocación de perfiles críticos por desarrollos de nuevas tecnologías o por pérdidas de contratos, por ejemplo. “Es necesario que la formación que se debe ligar a los ERTE tenga como objetivo el mantenimiento del empleo adaptándolo a las necesidades de la empresa en el corto plazo”, resaltó el sindicato.

El plan de CC OO
En este escenario y con el informe presentado hoy, CC OO se suma a la petición de algunas asociaciones empresariales españolas, como Adigital y Ametic, y reclama medidas urgentes para la transformación digital de España como una de las palancas fundamentales para relanzar el crecimiento económico, reducir la desigualdad, aumentar la productividad y aprovechar todas las oportunidades económicas y sociales que brindan las nuevas tecnologías.

En su Plan de acción y medidas por el desarrollo tecnológico y la digitalización de las actividades productivas en España presentado hoy, el sindicato insta a todos los agentes sociales a alcanzar un acuerdo estatal por el desarrollo tecnológico y la digitalización. CC OO urge al Gobierno a crear un grupo estable de diálogo con las organizaciones sindicales, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, asociaciones patronales, comunidades autónomas y universidades para diseñar propuestas concretas para alcanzar esa meta y hacer un seguimiento de las mismas.

miércoles, 3 de febrero de 2021

La propuesta de Bruselas que podría obligar a España a subir el salario mínimo a 1.200 euros al mes

 En España, el salario medio bruto anual alcanza los 24.000 euros


La propuesta sobre la regulación sobre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que está preparando la Comisión Europea (CE) obligará a los estados a aumentarlo hasta el 60% del sueldo mediano o del 50% del sueldo medio, que en el caso de España significaría incrementarlo hasta un mínimo de 1.200 euros brutos mensuales. CCOO y UGT han convocado movilizaciones el 11 de febrero para exigir más salario mínimo y derogar la reforma laboral.

De este modo, en un encuentro organizado por la Oficina del Parlamento Europeo y la Representación de la CE en Barcelona, lo han explicado las eurodiputadas Alícia Homes, de la Alianza de Socialistas y Democratas (S&D), y Rosa Estaràs, del Partido Popular Europeo (PPE), aunque la socialista fija el mínimo en 1.200 euros y la popular que lo sitúa en 1.400 euros brutos mensuales.

El director de la Dirección General de Ocupación, Asuntos Sociales e Inclusión de la CE, Jordi Curell, ha apuntado que la normativa prevé incrementar el SMI hasta el 60% del sueldo mediano de cada estado miembro o el 50% del sueldo medio. No obstante, los expertos advierten de que en España un salario de tales dimensiones puede perjudicar sobremanera la creación de empleo, sobre todo entre los sectores que se buscan proteger con el SMI.

Son solo escenarios propuestos
En todo caso, estos porcentajes son criterios propuestos y los estados miembros podrán escoger uno de los dos para situar su SMI.

Curell ha subrayado que esta propuesta "no intenta armonizar el SMI de todos los países, ni fijar un mecanismo obligatorio, ni impone la introducción de un SMI en los países que no lo tienen actualmente".

El directivo ha explicado que, en aquellos países en los que el SMI está determinado por ley como España, "se fijan criterios estables y fijos como la evolución del poder adquisitivo o el nivel y distribución de los sueldos más allá del SMI o la productividad" para establecer un sueldo mínimo.

La voluntad de la CE es "acabar con el fenómeno de los trabajadores pobres", ha apuntado Curell, por lo que la normativa obligará a limitar el uso de variaciones y deducciones que provoquen que el sueldo efectivo sea inferior.

Dudas sobre la jurisdicción
Estaràs ha mostrado dudas sobre la capacidad de la CE para poder legislar el SMI, ya que esta normativa "lo convertiría en jurisdicción de la CE y los Estados suelen ser reacios a ceder soberanía", por lo que la eurodiputada ha instado a esperar la respuesta del Consejo de Europa.

También ha asegurado que "el diálogo social no ha existido" ya que las organizaciones empresariales no han aceptado que la normativa sea obligatoria.

Mujeres y jóvenes
Por su parte, Homs ha asegurado que los principales beneficiarios de esta regulación serán las mujeres y los jóvenes, "los más afectados por los salarios bajos".

Para la eurodiputada socialista, "la presencia de trabajadores pobres es moral y socialmente reprobable" y ha destacado que los momentos de crisis son los más adecuados para realizar este tipo de actuaciones legislativas.


jueves, 12 de noviembre de 2020

Brecha salarial: las europeas trabajan "gratis" a partir de hoy

 Este año 4 de Noviembre es el Día Europeo de la Igualdad Salarial. En la Unión Europea ésta es una fecha simbólica que pone de manifiesto la consecuencia de la brecha salarial de género; a partir de ese día, y hasta final de años, las trabajadoras en Europa trabajan de manera gratuita con respecto a los hombres.


LA PRESIDENTA de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, prometió: "Medidas vinculantes de transparencia salarial" en los primeros 100 días de su mandato; la realidad es que 339 días después de que Ursula Von der Leyen asumiera el cargo, las mujeres siguen esperando la propuesta de la Comisión de abordar la brecha salarial de género en la UE, propuesta que la Comisión ha señalado ahora como “por confirmar” en su calendario.

Por este motivo la Confederación Europea de Sindicatos (CES) ha dado el paso inusual de redactar su propia directiva sobre transparencia salarial en protesta por el retraso de la legislación de la Comisión Europea que debía publicarse originalmente hoy, el Día Europeo de la Igualdad Salarial. Esta directiva consta de 18 artículos e incluyen medidas para:

- Prohibir las cláusulas de secreto salarial en los contratos.

- Exigir la divulgación de información sobre la evaluación del empleo con el fin de establecer la igualdad salarial por trabajo de igual valor.

- Hacer que todos los empleadores realicen auditorías salariales y planes de acción anuales sobre igualdad salarial.

- Apoyar a los sindicatos en su negociación con los empleadores para abordar la brecha salarial.

La publicación del modelo de legislación se produce un mes después de que la CES revelara que las mujeres de la UE tendrán que esperar hasta 2104 para recibir la misma remuneración que los hombres, sin tomar medidas para acelerar el ritmo actual de cambio.

La secretaria general adjunta de la CES, Esther Lynch, ha comentado sobre este modelo de legislación: "La elección de la primera presidenta de la Comisión y su promesa de transparencia salarial trajeron verdaderas esperanzas de cambio positivo para las mujeres cuyo trabajo ha sido sistemáticamente infravalorado durante demasiado tiempo".

Tristemente, la igualdad de remuneración parece estar cayéndose del programa de la Comisión, a pesar de que las mujeres constituyen la mayoría de la fuerza laboral en la primera línea del Covid-19 en empleos como el cuidado y la limpieza. Para ayudar a la presidenta Von der Leyen a cumplir su promesa electoral, los sindicatos han preparado un proyecto de Directiva sobre Transparencia Salarial de Género que la Comisión Europea puede utilizar libremente: "Instamos a la presidenta Von der Leyen a que en el Día Europeo de la Igualdad Salarial vuelva a comprometerse con la ley de transparencia salarial que prometió, de modo que las mujeres de Europa no tengan que esperar hasta el próximo siglo para recibir la igualdad salarial".

#EqualPayDay

#GenderPayGap

miércoles, 21 de octubre de 2020

Las empresas tendrán seis meses para adaptar los registros salariales

 El Consejo de Ministros aprueba los reglamentos que fijan las normas de las auditorías salariales, los planes de igualdad y su registro


Las empresas tendrán seis meses para adaptarse a las nuevas exigencias para los planes de igualdad y los registros y auditorías salariales. El plazo se fija en los dos reglamentos que ha aprobado el Consejo de Ministros y desarrolla un decreto ley de marzo de 2019 que fijaba las nuevas obligaciones para las empresas. El primero de los textos es el que establece las normas de contenidos y transparencia en los registros salariales. En el segundo se fijan las materias mínimas que deben recoger los planes de igualdad y los mecanismos de negociación a seguir. Ambos fueron negociados con sindicatos y empresarios, aunque finalmente solo los primeros llegaron a un acuerdo con los ministerios de Trabajo e Igualdad.

El objetivo de la norma es reducir la brecha salarial entre hombres y mujeres en el mercado laboral. “El momento es ahora”, ha apuntado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, destacando después que la crisis se está cebando más con colectivos desfavorecidos del mercado laboral, como mujeres y jóvenes, y que esto es una forma de combatirlo. “Hay que corregir este déficit ahora”, ha proseguido, en referencia a la brecha salarial, que en España está en torno al 22% si se mide de forma bruta y en el 13% si se depuran efectos estadísticos.

Uno de los objetivos del reglamento de igualdad retributiva es fijar mecanismos para avanzar en uno de los principios que establece el Estatuto de los Trabajadores para evitar la discriminación salarial: a un trabajo de igual valor, la misma retribución. Para ello, se apuesta por la transparencia en la información. Así deja claro que las empresas deben tener un registro en el que se detalle por sexos la media aritmética y la mediana en cada categoría laboral, grupos profesionales o puestos. “A su vez, esta información deberá estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción”, añade el borrador que se pactó con los sindicatos.

“Cuando hablamos de desigualdad retributiva, solemos pensar en el salario base. Lo son sobre todo los complementos retributivos”, ha justificado la ministra de Igualdad, Irene Montero.

El registro salarial deberá estar a disposición de los trabajadores, que tendrán acceso a ella a través de su representación legal en las empresas donde exista. En las que no exista esta representación “la información que se facilitará por parte de la empresa no serán los datos promediados respecto a las cuantías efectivas de las retribuciones que constan en el registro, sino que la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres”.

Según ha explicado la ministra Díaz, el objetivo es que la transparencia permita aflorar “desigualdad” para perseguirla y ha puesto el ejemplo de las pocas denuncias que hay por esta materia ante la Inspección de Trabajo. “Es clave tener los datos de la cadena retributiva, porque es ahí donde se perciben las diferencias”, ha justificado.

El otro reglamento es el que desarrolla los planes de igualdad y sus contenidos. Estos planes ya existen desde que se aprobó la de Igualdad en 2007. Sin embargo, Montero ha explicado que “se habían quedado en una especie de declaración de intenciones”. La norma de 2019 que desarrolla estos dos decretos ya reducía el tamaño de las empresas obligadas a tener uno, lo rebaja de 250 empleados o más, a 50. Aunque este umbral está bajando progresivamente y no se alcanzará ese mínimo hasta 2022.

Estos planes deben negociarse con los representantes de los trabajadores o, en su ausencia, con los sindicatos más representativos del sector. Este fue el motivo por el que CEOE y Cepyme rechazaron avalar el pacto con el argumento de que suponía una reforma laboral encubierta. Criticaban que en las empresas sin representación sindical se habilitara a los sindicatos más representativos del sector a negociar los planes de igualdad. Este argumento fue desautorizado por el Consejo de Estado en el informe emitido en septiembre en el que decía expresamente no compartir la posición de las organizaciones empresariales.

miércoles, 14 de octubre de 2020

Sin acciones, la brecha salarial de género no desaparecerá en la UE hasta 2104

 Según un estudio de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) con datos de Eurostat, la brecha salarial de género en la Unión Europea no se eliminará hasta el próximo siglo al ritmo actual de cambio.


Los datos de Eurostat muestran que la brecha salarial de género en la UE ha disminuido en un 1% en los últimos ocho años, lo que significa que, a este ritmo, las mujeres deberán esperar 84 años para lograr la igualdad salarial.

La CES señala, asimismo, que sin medidas vinculantes para cambiar las tendencias actuales:

• La brecha salarial entre mujeres y hombres seguirá creciendo en nueve estados miembros
• En Alemania y en Chequia las mujeres deberán esperar hasta 2121 para alcanzar la igualdad salarial, mientras que en Francia la brecha se reduce tan lentamente (0,1% desde 2010) que harán falta más de 1.000 años para lograr la igualdad
• Las mujeres de otros nueve países deberán esperar hasta la segunda mitad de este siglo
• La brecha salarial acabaría esta década, sin más acciones, en solo tres países (en al menos uno de ellos con salarios inaceptablemente bajos para hombres y mujeres)

En este contexto, la CES muestra su preocupación porque la Comisión Europea haya retrasado la publicación de su directiva sobre transparencia salarial del 4 de noviembre (día de la igualdad salarial) hasta el 15 de diciembre, y de momento aún sin confirmar.

Además, en el discurso sobre el estado de la Unión no se mencionan las medidas vinculantes de transparencia salarial que la presidenta von der Leyen prometió aplicar en los 100 primeros días de su mandato.

La CES se ha dirigido a la presidenta de la Comisión instándole a dar prioridad a las medidas de transparencia salarial que se necesitan con urgencia para lograr un progreso real hacia la igualdad.


Origen de la noticia

miércoles, 7 de octubre de 2020

La brecha salarial entre mujeres y hombres apenas se reduce durante la última década


Secretaría confederal de Mujeres e Igualdad de CCOO

La última Encuesta Cuatrianual Estructural Salarial (EES) publicada (2018) evidencia la carencia de avances en materia de reducción de la brecha salarial de género durante los últimos diez años. Desde la Secretaría Confederal de Mujeres e Igualdad de Comisiones Obreras, han establecido un análisis sobre dicho estudio en el que manifiestan el carácter sistémico de la desigualdad retributiva, que apenas ha disminuido desde 2010.

Los datos relativos a la EES, verifican que el salario promedio anual masculino en 2010 era de un 129% superior al femenino y que ocho años después, en 2018, este porcentaje solo se había reducido un dos por ciento, dejando en clara evidencia una desigualdad salarial todavía notable que apenas se ha visto solucionada o modificada durante la última década. Así lo asegura Elena Blasco Martín, secretaria confederal de Comisiones Obreras: “analizaremos los últimos datos con más profundidad, pero una primera lectura es tremendamente alarmante. La cantidad monetaria que dejan de percibir anualmente las mujeres respecto a los hombres por trabajos iguales o de igual valor, apenas se ha recortado en dieciocho euros en estos últimos ocho años.”

Existen diversos factores que pueden influir en materia de reducción de la brecha salarial, como la segregación sectorial o el tipo de jornada. Un 47% de las mujeres trabaja en sectores de actividad en los que la ganancia media anual está por debajo de los quince mil euros y un 75% de ellas desempeñan oficios a tiempo parcial, siendo este último el motivo que más determina la desigualdad salarial existente.

Además, esta situación puede verse mayormente dañada con la nueva situación de crisis social causada por la pandemia actual. Reducciones de jornada, teletrabajo y ERTES son los retos más recientes a los que mujeres del mundo laboral tienen que hacerle frente, sumado a las dificultades para compaginar el trabajo con el cuidado de menores o personas dependientes.

“Una reducción de la brecha salarial tan irrelevante es indicativa de la condición sistemática de esta desigualdad salarial, que puede además agravarse por el impacto de la nueva crisis a consecuencia de la pandemia por COVID-19”, asegura Elena Blasco.

Desde Comisiones Obreras consideran necesario tener en cuenta factores como la segregación académica y profesional, junto a las dificultades derivadas de la división sexual del trabajo y la falta de servicios públicos para una conciliación responsable. “La igualdad retributiva es una cuestión de justicia y un derecho que debe ser inmediatamente garantizado. Constatamos que apenas hay avances en una década en la que se ha salido de una fuerte crisis económica y estamos a las puertas de otro periodo igualmente preocupante. Ya hemos señalado que las mujeres no vamos a ser las eternas paganas de la crisis; actuar para derribar esas barreras estructurales es una prioridad absoluta para CCOO”, concluye la Secretaria Confederal de Comisiones Obreras.