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miércoles, 20 de mayo de 2020

Empresas que revierten el teletrabajo pese a la recomendación de Sanidad: "Llevo en la oficina desde primeros de mayo"

El Gobierno ha decretado que se fomente el teletrabajo "siempre que sea posible" aún en la fase 2 de la desescalada, pero algunas empresas como el 'call center' de Santalucía Seguros ya están retornando a algunos empleados a la oficina

El teletrabajo irrumpió en millones de hogares en España de golpe y con improvisación debido a la pandemia de coronavirus. Antes de esta emergencia, era una práctica minoritaria, que solo alcanzaba el 2% de los asalariados de manera habitual. El Ministerio de Sanidad ha recomendado que las empresas mantengan el trabajo a distancia siempre que sea posible para evitar los contagios y el Gobierno decretó su "carácter preferente" para mantener la actividad económica. Algunas compañías, tras habilitar el teletrabajo para sus empleados al inicio de la emergencia sanitaria, ya han comenzado a revertir la medida y a mandar a algunos empleados a la oficina. 

A Yolanda (nombre ficticio) la opción de teletrabajar se le acabó "a principios de mayo", cuando aún no había comenzado ni la desescalada. Realiza tareas de marketing en una mediana empresa en Madrid y sus jefes cancelaron la medida en su departamento porque "para coordinar cosas con compañeros es más sencillo personalmente", les explicaron, mientras que en otras áreas se sigue permitiendo el trabajo a distancia.

Pese a que en su oficina donde se respetan las medidas de distancia de dos metros y usan mascarillas y guantes, Yolanda reconoce que tuvo miedo a contagiarse cuando tuvo que volver a trabajar en la oficina. "Sobre todo al inicio", indica la trabajadora, que vive con sus padres, de avanzada edad. Aunque le gusta más desempeñar su trabajo en su espacio laboral, afirma que habría preferido poder mantener el teletrabajo uno o dos días en semana.

Regreso a los 'call center' de Santalucía
Una de las empresas que está revirtiendo en estos días el teletrabajo para parte de su personal es Accepta, el 'call center' perteneciente al grupo Santalucía Seguros y que se encarga de la atención al cliente y ventas de esta compañía. Desde el pasado 11 de mayo de manera voluntaria y a partir del día 13 bajo mandato de la empresa, se está reincorporando parte de la plantilla a sus centros de trabajo progresivamente dentro de su 'Plan de Retorno a la actividad presencial'. "Son muchas las empresas que, en esta fase de desescalada, ya han iniciado sus planes de retorno a las oficinas", justifican desde la compañía. 

Según los cálculos de la empresa, "las incorporaciones alcanzarán entre el 25% y el 30% de la plantilla hasta el mes de septiembre", explican fuentes de Accepta a eldiario.es. Los retornos previstos entre la semana pasada y este lunes hasta este lunes alcanzan a 220 trabajadores en los diferentes centros de trabajo, según las cifras facilitadas a la representación sindical. 

En Accepta afirman que el retorno ha sido "consensuado con la representación de los trabajadores", algo que niegan desde CCOO. "Las decisiones no han sido consensuadas. Han sido notificadas y debatidas, pero los sindicatos siempre hemos dicho que la vuelta es prematura", apunta María Martínez Chimeno, secretaria general de la sección sindical estatal de Accepta de CCOO, que exigía a la empresa que solo se reincorporaran a sus puestos aquellas personas cuyas tareas hicieran imprescindible su presencia en las oficinas y que además la compañía tuviera en cuenta el estado de la pandemia en las distintas regiones.

"Gran parte del trabajo se podría seguir realizando en remoto", asegura María Martínez Chimeno, que critica que el 'call center' de Santalucía Seguros no diferencie su política de regreso en ciudades como Madrid, foco de la pandemia, de otros puntos como Torrelavega (Cantabria), con una afectación muy diferente. "En localizaciones como Madrid y Hospitalet hay empleados que tiene más de una hora en transporte público hasta sus puestos. Se exponen al contagio más que en otras provincias donde está más controlado el virus en estos momentos", añade la representante de CCOO

Accepta explica a eldiario.es que ha incorporado medidas de seguridad, como la desinfección de los centros de trabajo y la reducción de los puestos disponibles en las oficinas para preservar la distancia de dos metros entre los empleados. Además, ha excluido de la vuelta a oficinas a las personas "más vulnerables y sensibles a esta enfermedad", que ha determinado que son: aquellas que padezcan afecciones médicas previas (como enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer o inmunodepresión), las mujeres embarazadas y aquellas que convivan con personas contagiadas y no recuperadas.

"Voluntariamente, podrán incorporarse aquellos que estén al cuidado de menores escolarizados, mayores o personas con discapacidad y que deseen hacerlo", añaden en Accepta. 

miércoles, 16 de octubre de 2019

Sentencia PVDS (Pantallas visualización de datos) ganada por CCOO en Contact Center

Hemos ganado en la Audiencia Nacional un conflicto colectivo presentado por CCOO sobre Pantallas de Visualización de Datos  en las empresas del Contact Center. 


Denunciamos que independientemente de la distribución de jornada y horarios, por cada hora de trabajo efectivo, se tiene derecho al disfrute de una pausa de cinco minutos, en los términos señalados en el art. 54 del actual convenio colectivo “prevé una pausa de 5 minutos por PVD, siendo una práctica habitual y muy común en nuestras empresas y que a los trabajadores/as de jornada partida se les dejen fracciones de tiempo que no se contabilizan a efectos de pausa por PVD”.

Ejemplo: trabajadores y trabajadoras que prestan cuatro horas y media en horario de mañana y tres y media en el turno de tarde que solo disfrutan de 7 pausas y deben de ser 8 ya que esas medias horas de trabajo se deben de contabilizar.

 La sentencia indica basándose en el art 24 que corresponderá a la empresa la distribución y forma de llevar a cabo dichas pausas, organizándolas de modo lógico y racional en función de las necesidades del servicio, sin que tales pausas puedan demorar, ni adelantar, su inicio más de 15 minutos respecto a cuando cumplan las horas fijadas para su ejecución.”

 Aunque cabe recurso para dicha sentencia, y aun no es firme, CCOO seguirá peleando para que nuestras empresas dejen de ser tan piratas, que últimamente ya rozan la usura laboral. 


Sentencia PVDS Contact Center

miércoles, 11 de julio de 2018

La Audiencia Nacional concluye que solo cuenten los días laborables en los permisos por hijo y muerte de familiares

El Supremo falló que estos permisos retribuidos (y también el de matrimonio) debían comenzar a partir del primer día laborable; ahora la Audiencia va más allá y se pronuncia sobre qué días computan

Según esta interpretación, si al trabajador le corresponden tres días por el fallecimiento de su cónyuge y éste muere en jueves, podría ausentarse ese día, el viernes y el lunes (sin que consumiera ningún día el fin de semana)

Este criterio de la Audiencia solo es válido para los "permisos cortos", lo que deja fuera el periodo retribuido de permiso por matrimonio


Novedades en la interpretación judicial de los llamados "permisos retribuidos". El nacimiento de un hijo, la muerte de un familiar cercano y su hospitalización, entre otros motivos, dan derecho a que los empleados se ausenten del trabajo sin que se les descuente nada del sueldo. El Estatuto de los Trabajadores establece unos días de permiso, que pueden ser ampliados en los convenios sectoriales y las empresas. La Audiencia Nacional abunda en tres sentencias recientes en una nueva interpretación al respecto: que los permisos solo consuman días laborables. Pero se basa en una distinción por la que este criterio solo es válido en los "permisos cortos", lo que deja fuera el de matrimonio.

Las resoluciones de la Audiencia Nacional, tres sentencias fechadas el pasado junio, son consecuencia  de otra del Tribunal Supremo de febrero a propósito de un conflicto sobre el convenio colectivo de Contact Center. El Alto tribunal consideró que los permisos retribuidos –incluido el de matrimonio– debían contarse a partir del primer día laborable si el "hecho causante" tenía lugar en "día librado". Es decir, que si la boda, el nacimiento o la muerte que dan lugar a la ausencia retribuida ocurrían un día festivo o no laborable para el empleado, el permiso no debía comenzar ese día sino a partir de la primera jornada laborable que le siguiera.

Un ejemplo práctico: si una profesora –que trabaja de lunes a viernes– se casa en sábado, su permiso como mínimo de 15 días naturales debería comenzar a partir del lunes.

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jueves, 13 de julio de 2017

Publicado en el BOE el II Convenio Colectivo Estatal de Contact-Center

CCOO Servicios. - Ayer fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el II  Convenio Colectivo para las empresas de Contact Center (antes Telemárketing). El documento se firmó el pasado 30 de mayo por parte de la patronal, CCOO y UGT, después de  dos años y medio  de negociación y de conflicto.  
13 de julio de 2017 

Os recordamos brevemente en qué consisten algunas de las mejoras pactadas:

Salario. Se recupera la referencia del IPC, lo que supone una garantía para no perder poder  adquisitivo.

En 2017: subida salarial del 1.6% (desde 1 Enero 2017)
En 2018: IPC de 2017(con mínimo de 0,6%) + 0.5%
En 2019: IPC de 2018 (con mínimo de 0,6%) + 0.5%

Estabilidad en el empleo. Más de 8000 personas se están beneficiando ya del nuevo Convenio al ver convertidos sus ?eternos? contratos de obra en contratos indefinidos.

Además, se crea una bolsa de empleo para los casos en que una campaña cambie de  empresa, asegurando así que quienes trabajaban en dicha campaña, sigan en ella en la nueva empresa.

Protección del embarazo. Las compañeras embarazadas, en el momento en que notifiquen su estado a la empresa, deben duplicar su tiempo de descanso.

Jornada. Se ha reducido el número máximo de días seguidos trabajando.

Además, se ha apostado por la contratación a tiempo completo gracias a la inclusión de un nuevo turno de trabajo.

Las empresas ya no tienen excusa para no aplicar las mejoras establecidas en el acuerdo,  por lo que animamos a las plantillas a denunciar antes las delegadas y delegados de CCOO cualquier incumplimiento del nuevo Convenio.

BOE II Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center (antes telemarketing)
II Convenio Colectivo Estatal de Contact Center