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martes, 2 de agosto de 2022

Los riesgos del exceso de trabajo: 6 claves para relajarse y disfrutar de las vacaciones

 Llegan las vacaciones del verano, para la mayoría de la gente una época de descanso y relajación; sin embargo, casi un tercio de los trabajadores no consiguen desconectarse por completo de sus actividades laborales


Llegan las vacaciones de verano, el momento más esperado por mucha gente para descansar después de un largo año de trabajo. Hay, sin embargo, numerosas personas para las cuales desconectar y relajarse resulta -aunque suene paradójico- una tarea complicada.

Según un informe de la empresa de empleo temporal Randstad publicado en 2019, el 30% de los trabajadores no consigue desconectar de sus tareas laborales durante sus vacaciones. ¿A qué se debe esta imposibilidad? La mitad de estas personas afirma que no es capaz de desvincularse mentalmente de los asuntos de su trabajo.

Esto se debe, sobre todo, a esa especie de inercia generada por las rutinas cotidianas, las presiones laborales y otras actividades que acaparan el tiempo a lo largo de casi todo el año. De hecho, muchas personas sufren -o están en el límite- de problemas como el síndrome de burnout o la adicción al trabajo.

Se estima que el burnout (también conocido como síndrome de desgaste profesional o del “trabajador quemado”) afecta al 10% de los trabajadores, y se define como el “agotamiento mental, físico y emocional producido por la involucración crónica en el trabajo en situaciones con demandas emocionales”.

La adicción al trabajo y sus riesgos

La adicción al trabajo, en tanto, no se manifiesta en forma de desgano o desinterés hacia las tareas laborales, como sucede con el burnout, sino en lo contrario: una dedicación obsesiva y compulsiva a esas tareas.

Hasta un 12% de los trabajadores en España son adictos al trabajo. Según la Organización Internacional del Trabajo, el 8% de los trabajadores de nuestro país destina más de doce horas diarias a trabajar. Más de 60 horas a la semana. Trabajar más de 50 horas semanales ya es indicio de una posible adicción.

El caso es que estas situaciones generan muchos perjuicios. Uno de los principales es el deterioro de la vida social y familiar, además de los elevados índices de estrés, con el consiguiente riesgo de padecer de trastornos de ansiedad y depresión y otros problemas de salud.

Consejos para disfrutar de las vacaciones

Y todo esto puede llevar a que las vacaciones no se disfruten. Algo que puede agravar aún más tales problemas, tanto los de salud como los de los vínculos con otras personas. Es por eso que muchas organizaciones y especialistas en salud enumeran una serie de consejos para relajarse y disfrutar durante las vacaciones de verano. A continuación, algunas de las más importantes.

1. Dejar el trabajo terminado

En lo posible, se debe intentar que al salir de vacaciones no queden tareas interrumpidas o pendientes. Eso ayuda a la mente a despejarse y no enredarse en pensamientos relacionados con cuestiones que quedaron por hacer.

Por desgracia, esto no garantiza la desconexión: para un tercio de las personas que no logran desligarse del trabajo durante vacaciones, según el citado informe de Randstad, el principal motivo es que desde las empresas se ponen en contacto con ellas, a través de mensajes de WhatsApp, llamadas telefónicas o correo electrónico.

Pero lo deseable es hacer un cierre antes de la llegada del periodo vacacional. Aun así, de acuerdo con el mismo documento, desconectarse por completo del trabajo no es tan fácil. Sobre todo para los más jóvenes: el 38% de los menores de 25 años necesita entre una y dos semanas para lograrlo.

2. Procurarse una “desintoxicación” digital

En un estudio académico publicado en 2018, dos psicólogas que trabajan para Google hicieron un elogio de la “libertad de desconectarse” de los teléfonos móviles y otros dispositivos digitales, que tan asociados están con el trabajo (sobre todo en tiempos de tanto teletrabajo, consecuencia de la pandemia de COVID-19).

El artículo valoraba especialmente el llamado JOMO, acrónimo de ‘joy of missing out’, es decir, la “alegría de perderse cosas” (como lo opuesto al FOMO, el “miedo a perderse cosas” por no estar conectado a internet). En el ámbito laboral, sería la alegría de poder olvidarse durante algunos días de lo que sucede en el trabajo.

La Asociación Estadounidense del Corazón publicó un texto en el que también reivindica el JOMO, y señala sus beneficios: disfrutar más de cada momento, lograr una comunicación más profunda con el entorno y las personas con las que uno se encuentra, incluso aburrirse un poco, un elemento valioso para la imaginación y la creatividad.

3. Hacer cosas que den placer

Para muchos suena como una obviedad, pero para los adictos al trabajo (o quienes están cerca de sufrir esa adicción) el tiempo dedicado al ocio, al descanso o a cualquier otra actividad que no sientan como “productiva” les parece tiempo perdido. Además del estrés que esto genera, les impide hacer cosas por el mero placer de hacerlas.

Lo aconsejable, en cambio, es que cada persona pueda dedicar tiempo a hacer lo que le guste: leer un libro, jugar a cualquier clase de juegos, cocinar, dar paseos, etc. Y todo esto vale, por supuesto, tanto para cuando se está de viaje como para los días de vacaciones en casa.

4. Evitar las prisas y las demasiadas actividades

Las rutinas de la mayor parte del año implican para muchas personas una agenda muy cargada, que casi no deja tiempo entre unas y otras actividades. A veces, esto lleva, de forma casi inconsciente, a programar las vacaciones de la misma forma: con muchas cosas por hacer, planes, horarios, prisas, etc.

La mejor forma de relajarse durante las vacaciones es ir en sentido contrario. No sobrecargarse de actividades, no correr de un lado al otro, tratar de olvidarse de los horarios. Dejar de lado el ritmo frenético del resto del año es clave para el buen descanso y la desconexión.

5. Tener cuidado con los excesos

El tiempo de vacaciones a menudo se relaciona con ciertos excesos, sobre todo a la hora de comer y beber. Pero conviene tener cuidado también en este sentido, porque un consumo demasiado elevado de grasas saturadas, alcohol, tabaco u otras sustancias puede ser contraproducente.

Tales excesos pueden aumentar los índices de estrés del organismo, además de que pueden generar malestar digestivo y pesadez. Por su parte, la demasiada cafeína y el azúcar pueden acarrear dificultades para dormir, lo cual también es perjudicial, por supuesto, para el objetivo de relajarse y disfrutar de este periodo.

6. Mantener la actividad física

Está claro que el objetivo de las vacaciones es el descanso. Pero eso no quiere decir que no se pueda realizar actividad física y poder disfrutar de sus beneficios. No tiene por qué ser deporte o ejercicios intensos, desde luego: caminar o practicar yoga son excelentes formas de mantenerse en movimiento.

Además, el tiempo de vacaciones puede ser una oportunidad para acercarse a la naturaleza y dar paseos por el bosque o el campo, o simplemente para disfrutar de paisajes y aires nuevos, que ayuden a “recargar pilas” y a sentirse mejor.

miércoles, 2 de febrero de 2022

Se extiende la coronafobia: “Trabajo en casa y evito salir para no infectarme”

El miedo al contagio de coronavirus se instala en las plantillas, sobre todo entre personas de mediana edad y que trabajan de cara al público




“Apenas salgo. Me contagié en la primera ola y arrastro fatiga crónica. Tengo miedo a infectarme otra vez y no quiero volver a la oficina. Mi puesto permite teletrabajar al 100%. Las empresas dicen que toman medidas, pero luego hay quien no las cumple. Me genera ansiedad ir al comedor o al baño, potenciales focos de contagio. Asistí a una reunión en un coworking y la mayoría estaba sin mascarilla”, afirma Marta, coordinadora en una conocida editorial. Puede que no lo sepa, pero se enfrenta a un nuevo problema de salud mental, la coronafobia, sobre la que alerta la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Casos como este son cada vez más frecuentes en trabajadores que han desarrollado excesiva ansiedad asociada a la covid-19. Temen socializar o utilizar el transporte público, pero también subir en ascensor, abrir una puerta o cruzarse sin distancia con un compañero en el entorno laboral. No confían en el cumplimiento a rajatabla por parte de jefes y empleados de las medidas de seguridad. “Nos están llegando consultas relacionadas con la posible consideración de esta patología como motivo de baja laboral”, sostiene Mariano Sanz, secretario confederal de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental de CC OO. Pero aclara: “Una fobia está considerada una enfermedad común dentro del Sistema de Salud Pública y no una enfermedad derivada de la actividad profesional, por lo que no es motivo de baja laboral profesional”.


Sanz lamenta que el sistema “tampoco reconozca esta nueva patología como riesgo derivado del trabajo” y que desencadena una excesiva ansiedad por temor al contagio, en el marco de las relaciones laborales. Más aún cuando la OMS advierte de que en 2030 los problemas de salud mental serán el primer motivo de discapacidad. Por ello, desde el sindicato UGT, José de las Morenas, coordinador de Salud Laboral, reclama sacar toda la infantería de prevención en los puestos donde es inviable el teletrabajo. “En sectores que no permiten trabajar desde el salón de casa, como la industria, la construcción, los mataderos o la hostelería es necesario volver a las medidas de la primera ola porque se está trabajando con miedo”. Reivindica “la importancia de la distancia, control de aforos, sobre todo en vestuarios; filtros HEPA de extracción de aire, pantallas y uso de mascarillas FFP2 (no quirúrgicas) debido a la alta incidencia por aerosoles”.

La mayoría de las consultas que reciben en CC OO provienen “de trabajadoras de mediana edad con empleos de cara al público en comercios o en la Administración, donde el riesgo de contagio se multiplica”, indica Sanz. También de logística, servicios y entretenimiento, según De las Morenas. “Hay miedo. Y se acentúa en trabajadores más expuestos y que padecen afecciones derivadas de la covid. Igual que entre aquellos que temen ser transmisores porque conviven con niños o personas de riesgo”, añade.

Por su parte, la jefa de la unidad de Cristalografía e Ingeniería de Proteínas del Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO), Inés Muñoz, coincide: “A pesar de la vacunación, el miedo persiste en personas que no lo han pasado y en las que temen volver a contagiarse porque les preocupa cómo va a reaccionar su organismo”. Y aclara que “no estamos ante una gripe, es otro virus y, como te pille mal, acabas hospitalizado”.

Una incertidumbre que trae de cabeza a una profesora de la Escuela Oficial de Idiomas, que prefiere mantener el anonimato. Confiesa “enorme ansiedad” al impartir clases presenciales. “Llevo muy mal las dos horas de transporte público hasta mi centro de trabajo. Me fijo en si la gente lleva bien puesta la mascarilla, evito que me rocen o se acerquen demasiado”. Reconoce que puede dar clases presenciales porque “la alternativa síncrona ha rebajado sustancialmente la asistencia de alumnos hasta seis u ocho. No podría asumir muchos más. Tengo mucho miedo. No se respeta la distancia. Los compañeros se han relajado y tocan todos los ordenadores…”. A su juicio, tendrían que ser obligatorios los test de antígenos para entrar en los centros.

Entornos de confianza
La coronafobia, según los expertos, ha encontrado su caldo de cultivo en personas vulnerables y en aquellas con cierta predisposición a trastornos mentales como las fobias. Por ello, apelan a la responsabilidad de las empresas para crear entornos de confianza en los centros de trabajo. “El coronavirus ha generado hipocondría, heredada en muchos casos del confinamiento”, sostiene Javier Cantera, presidente de Auren Consultores. Una hipocondría que, en su opinión, viene determinada por “lo cercano que cada persona ha vivido las consecuencias de esta enfermedad en su familia y su entorno” y que nada tienen que ver con la alta vacunación y una sexta ola del coronavirus más laxa.

Cantera apela a la urgente y masiva implantación de planes de bienestar psicológico en las empresas. Por tres motivos: “Estamos ante una fobia muy relacionada con la cibercondria, la que desarrolla el sujeto que se informa constantemente de cifras de infectados, hospitalizaciones, muerte y malas noticias”. Y que se alimenta con “el continuo bombardeo de vídeos virales, fake en su mayoría”, explica. El segundo motivo tiene que ver con los directivos. “Deben trabajar la ejemplaridad en el respeto a las medidas sanitarias y que el empleado vea que son los primeros en cumplirlas, porque una cosa es lo que se dice y otra muy diferente, lo que se hace”. Finalmente, pide “que en la vuelta al presencialismo, cada vez más cercana tras la incipiente caída en contagios de ómicron, las empresas no se relajen en el control de las instalaciones, para que el empleado perciba que puede trabajar en un entorno seguro y protegido”, concluye.

miércoles, 10 de noviembre de 2021

Es accidente laboral un atropello sufrido durante la pausa de descanso fuera del centro de trabajo

 Aplicando doctrina existente, el TS califica de accidente de trabajo el atropello sufrido durante la pausa de descanso fuera del centro de trabajo

En el caso enjuiciado en la STS n.º 5042/2018, de 13 de octubre de 2021, ECLI:ES:TS:2021:3814, el Alto Tribunal analiza si es laboral la incapacidad temporal sufrida por una persona trabajadora atropellada durante la salida del centro de trabajo concedida para tomar café.

El Tribunal considera estos descansos como vinculados al trabajo ya que la salida a la calle estuvo vinculada con la prestación de servicios «pues solamente por esta razón se produjo la salida». La sentencia equipara el referido descanso a tiempo de trabajo, tal y como, por otro lado, se prevé en el convenio colectivo aplicable y en el apartado 3 del art. 156 de la LGSS.

«El tiempo de descanso viene convencionalmente establecido, con la consideración de tiempo de trabajo efectivo.

Tales hechos evidencian la existencia de un enlace directo y necesario entre la situación en la que se encontraba la trabajadora cuando se produjo el accidente y el tiempo y el lugar de trabajo, y si bien permite aplicar la presunción del art. 156.3 LGSS., acreditada su producción con "ocasión" de su trabajo, que es la condición sin la cual no se hubiera producido el evento, el nexo de causalidad nunca se ha roto, porque la pausa era necesaria, y la utilización de la misma por la trabajadora se produjo con criterios de total normalidad, en consecuencia, la calificación profesional se impone por el art. 156.1 LGSS.»

Sentado lo anterior, para la Sala IV, en el supuesto enjuiciado no concurre ninguna circunstancia que evidencie de manera inequívoca la ruptura de la relación de causalidad entre el trabajo y el accidente. Por lo que, las prestaciones derivadas del siniestro han de calificarse como de accidente laboral.


Teoría de la «ocasionalidad relevante»

Citando la STS, rec. 944/2014, de 23 de junio de 2015, ECLIES:TS:2015:4364, la sentencia aplica la teoría de la «ocasionalidad relevante», caracterizada por una circunstancia negativa y otra positiva. La primera es que los elementos generadores del accidente no son específicos o inherentes al trabajo y la positiva es que o bien el trabajo o bien las actividades normales de la vida del trabajo hayan sido condición sin la que no se hubiese producido el evento. La  persona trabajadora se accidentó cuando salió de la empresa dirigiéndose a tomar un café dentro del tiempo legalmente previsto como de trabajo por tratarse de jornada superior a seis horas, habitualmente utilizado para una pausa para "tomar café", como actividad habitual, social y normal en el mundo del trabajo (primer elemento), ahora bien, el trabajo es la condición sin la cual no se hubiera producido el evento (segundo elemento).

Concepto y elementos constitutivos del accidente de trabajo.

Origen de la noticia

miércoles, 6 de octubre de 2021

El trauma derivado de recibir un toque de atención en el trabajo puede ser accidente laboral

 La carta fue el incidente crítico que desencadenó una fuerte depresión en la empleada


El trauma derivado de un toque de atención del jefe puede ser causa de baja laboral. Así lo ha apuntado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en una sentencia de mayo de 2021. La empleada no tenía antecedentes psiquiátricos ni de tratamiento de enfermedades mentales. 

Recibir una comunicación empresarial que exige modificar el comportamiento en el puesto de trabajo es un acto objetivamente susceptible de producir en un trabajador una alteración del ánimo causante de una depresión. La trabajadora recibió una carta de la dirección de la empresa por la que era requerida para que de forma inmediata cesase en su conducta con sus compañeros y en su actitud en el trabajo, bajo apercibimiento de ser sometida medidas disciplinarias. En la carta se instaba al cumplimiento de las normas de convivencia de la empresa y se instaba a que se dirigiese a sus compañeros con respeto y buen trato, trabajando en equipo, sin incurrir en favoritismos en el ámbito profesional.

A los tres días de recibir la carta, causa baja por IT por crisis de ansiedad, siendo tratada en los meses sucesivos por sintomatología compatible con un trastorno de adaptación mixto con ansiedad y estado de ánimo deprimido de forma reactiva conflictiva laboral.

Incidente crítico
La Unidad de Seguridad y Salud Laboral de la Junta de Castilla y León, en su informe de prevención de riesgos laborales, certifica que fue la recepción de la carta de la empresa, el único "incidente crítico" que provocó la patología, y lo define como "trauma emocional o psicológico" y "acontecimiento poderoso, extraño o ajeno al intervalo de las situaciones que componen la experiencia normal", lo que revela una exclusiva vinculación, directa e inmediata entre el estado mental de la trabajadora y la causa que lo motivó, con expresa mención a que no se rompe el nexo causal por el transcurso de tres días hasta la baja médica.

La Sala estima el recurso y reconoce la contingencia como laboral porque no hay prueba de que existiera ningún otro elemento coadyuvante a la reacción psicológica de la trabajadora, ni externa, ni patológica, por lo que fue la recepción de la carta lo que desencadenó la incapacidad.

La trabajadora no tenía antecedentes psiquiátricos, ni constan asistencias o tratamientos por enfermedades mentales o alteraciones y/o condiciones patológicas del carácter. Tampoco constan factores externos al ámbito laboral que pudieran haber influido en su comportamiento con antelación a la baja médica o una personalidad de base que favorezca reacciones ansiosas.

En la medida en que el único elemento determinante de la incapacidad deviene de la situación en el trabajo, porque se creó una situación de tensión hábil para generar un episodio de crisis nerviosa y a la que siguió temporalmente el reconocimiento de un proceso incapacitante por ansiedad, la IT debe considerarse de etiología laboral.

Importante reflexión hace la sentencia al señalar que lo decisivo no es que los factores desencadenantes o, en general, la ejecución del trabajo, deriven de un ejercicio anómalo del poder directivo u organizativo empresarial o sean objetivamente estresantes, porque lo relevante es que la etiología laboral de la baja médica venga determinada por la particular incidencia que la prestación de servicios tenga sobre la trabajadora, porque una misma situación laboral puede ser causa de incapacidad para unas personas y otras no en función de su personalidad y de su capacidad para asumir las incidencias que en el trabajo puedan surgir.

miércoles, 7 de julio de 2021

CCOO consigue que una baja laboral por ansiedad sea declarada accidente de trabajo

 La sentencia admite que “no es normal y habitual que una patología psíquica sea atribuible a un accidente de trabajo”. Pero subraya que en este caso ha de dar la razón a CCOO, puesto que los hechos probados acreditan “de manera objetiva e incontrovertida” que “el único motivo” de la baja fue “exclusivamente laboral”

La asesoría jurídica de CCOO Cuenca ha obtenido una sentencia del juzgado de lo social de Cuenca que declara accidente de trabajo la baja laboral por “trastorno adaptativo ansioso” sufrida por un trabajador municipal del Ayuntamiento de Carboneras de Guadazaón.

La propia sentencia, que ya es firme, admite que “no es normal y habitual que una patología psíquica sea atribuible a un accidente de trabajo”. Pero subraya que en este caso ha de dar la razón a CCOO, puesto que los hechos probados acreditan “de manera objetiva e incontrovertida” que “el único motivo” de la baja fue “exclusivamente laboral”; sin que conste “ningún otro factor justificativo de dicha patología, ni concurrencia por etiología endógena, antecedente o degenerativa”. Se cumplen así los requisitos legales y jurisprudenciales para calificarlo de ‘accidente de trabajo’.

En consecuencia, el juzgador declara que “la contingencia del proceso de Incapacidad Temporal iniciado por el actor el 22 de marzo de 2017 es profesional, derivado de accidente de trabajo, con las consecuencias de ello derivadas, con cargo principal a la Mutua Fremap, codemandada”

Aquel 22 de marzo, relata la sentencia, el trabajador “tiene un conflicto laboral con la alcaldesa, la cual le obliga a conducir un vehículo pesado que nunca había sido conducido por el actor, careciendo de obligación y aptitudes laborales para ello, y, pese a negarse inicialmente, es finalmente obligado por la alcaldesa a cumplir dicha orden bajo amenaza de apertura de un nuevo expediente disciplinario, lo que motivó que al conducir el vehículo el actor sufriera un accidente con el mismo, sufriendo un fuerte estado de nerviosismo, causando baja médica esa mismo día por enfermedad común, con el diagnóstico de estado de ansiedad’.”

“La baja laboral”, explica el juzgador, “se da como reacción de adaptación a la situación vivida en su centro de trabajo motivada por su empleador pública”, y se enmarca en una “problemática laboral específica, motivada y progresivamente alimentada por sucesivos acontecimientos estrictamente laborales”, que venían confrontando desde tiempo atrás al trabajador y a la entonces alcaldesa de la localidad.

Tal y como se relata en los hechos probados, ambos habían coincidido previamente como jefa y empleado en una empresa privada, a la que el trabajador demandó en 2013 por impagos salariales. La empresa fue condenada a abonarle más de 11.000 euros.

En septiembre de 2016, siendo ya ella alcaldesa y él empleado municipal, el Ayuntamiento le cambió la jornada continuada que venía realizando por jornada partida, con la obligatoriedad además de trabajar todos los sábados. El trabajador recurrió, el juez declaró injustificada la modificación sustancial de condiciones de trabajo y condenó al Ayuntamiento a reponerle su anterior jornada.

El 17 de marzo de 2017, mediante Resolución de la Alcaldía, el Ayuntamiento abrió al trabajador un expediente disciplinario “por presunta falta laboral”. El expediente se resolvió tres meses después con el despido del empleado, que fue posteriormente declarado “nulo por violación de derechos fundamentales.” Esta sentencia que fue confirmada en su integridad por el TSJCLM en marzo de 2018.

Así, cuando cinco días después de incoarle un expediente, la alcaldesa le amenazó con abrirle otro si no cumplía su orden de conducir un vehículo pesado, el trabajador sufrió la crisis de ansiedad que le causó la baja y que la sentencia define como “reacción aguda (comprensible) a los eventos laborales” en los que estaba inmerso.

En los fundamentos de derecho, el magistrado-juez subraya que “no se trata de dilucidar si (el trabajador) ha sido objeto de acoso, sino únicamente si su baja cabe atribuirla a accidente laboral y ello no depende de que haya soportado un comportamiento de esa naturaleza, sino de un trauma psíquico recibido en el trabajo. Y, en este caso, la respuesta ha de ser netamente afirmativa, en contra el criterio mantenido por las codemandadas: INSS, TGSS, la Mutua Fremap y la empleadora pública (el Ayuntamiento de Carboneras de Guadazaón).”

Recuerda también el juzgador que, aunque el concepto legal de ‘accidente de trabajo’ del art. 156.1 de la Ley General de la Seguridad Social se define como “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”, la jurisprudencia ya viene señalando que “el trauma psíquico no es diferente al trauma físico, en cuanto causado por un agente externo”

“La crisis requerirá un factor externo con gran potencial de generarla. Si la intensidad de éste llega al extremo de provocar imposibilidad momentánea de trabajar, habrá de atribuirse a accidente de trabajo”, resume el magistrado-juez, que concluye que este es exactamente el caso juzgado.

Ni Fremap ni ninguno de los codemandados ha recurrido la sentencia, por lo que ya es firme; con las “consecuencias de ello derivadas”: la declaración del origen laboral de la baja mediante la sentencia judicial ganada por CCOO eleva al 100% de la base reguladora la cuantía a percibir por el trabajador desde el inicio hasta el final de la IT. 

CCOO felicita al trabajador tanto por las repercusiones económicas de la sentencia como por la satisfacción moral que, sin duda, le supone haberla ganado.  “Se pone una vez más de manifiesto el destacado buen hacer de la Asesoría Jurídica del Sindicato, que un pilar básico para la defensa de los derechos de las y los trabajadores; en este caso en una cuestión tan sensible como es determinación de las responsabilidades de las mutuas y de la Seguridad Social derivadas del daño en su salud sufrido por motivos laborales por un trabajador público”, indica Raquel Payo, secretaria de Salud Laboral de CCOO CLM.

Por su parte, el responsable del Sector Local de la FSC en CCOO Cuenca, Ángel Luis Castellano Bobillo destaca que esta sentencia “es una muestra más del compromiso de CCOO con las y los trabajadores de las administraciones locales de la provincia y de la capacidad del sindicato para defender sus derechos e intereses allá donde sea preciso. Nuestra acción sindical prioriza siempre el diálogo y la negociación, sin descartar la denuncia pública y la movilización cuando es necesario; y contando, llegado el caso de tener que acudir a judicial, con el mejor servicio jurídico al servicio de nuestra afiliación y de todas y todos los trabajadores.”

miércoles, 26 de mayo de 2021

ONU advierte que largos horarios en el trabajo causan 745.000 muertes anuales

 Trabajar más de 55 horas semanales durante un tiempo prolongado puede aumentar hasta un 35% el riesgo de fallecer por enfermedades cardiovasculares.


La ONU pidió a los gobiernos de todo el mundo que adopten legislaciones para limitar los horarios laborales en todos los sectores, tras publicar un informe que cifra en 745.000 las muertes anuales globales por los crecientes problemas cardiovasculares ligados a largas horas de trabajo.

El estudio, coordinado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), concluye que estas muertes subieron un 29% entre 2000 y 2016, por lo que los horarios prolongados ya son el principal factor de riesgo laboral y provocan un tercio de los problemas de salud ligados al trabajo.


“Trabajar más de 55 horas a la semana es un grave riesgo laboral, y es el momento de que gobiernos, empleadores y empleados se conciencien de que puede llevar a una muerte prematura”, advirtió al presentar los resultados la responsable de Medio Ambiente y Cambio Climático de la OMS, la española María Neira.

La investigación, primera llevada a cabo globalmente sobre los efectos de los largos horarios en la salud de los trabajadores, detalla que éstos causaron en 2016 hasta 398.000 muertes por enfermedades cardíacas (un 42% más que a principios de siglo) y 347.000 por infarto (un aumento del 19%).

Trabajar más de 55 horas por semana aumenta un 35% el peligro de fallecer por una enfermedad cardíaca en comparación con quienes tienen un horario estándar (35-40 horas semanales), y un 17% el riesgo de morir de infarto, subrayó uno de los autores del estudio, Jian Li, de la Universidad de California (Ucla).

Los largos horarios afectan directamente a la salud del trabajador al aumentar el estrés físico y mental que causa las enfermedades cardiovasculares, indicó en rueda de prensa.

Pero además tienen efectos indirectos que aumentan aún más los riesgos, destacó, “pues estimula comportamientos poco sanos como el consumo de tabaco y alcohol, la falta de actividad física o la reducción del tiempo de sueño”.

Problemas llegan tras 10 años de excesos

Los efectos negativos de los largos horarios en la salud suelen aflorar a los diez años de comenzar a tener este tipo de jornadas prolongadas, por lo que las principales víctimas son personas de entre 60 y 80 años que hayan tenido que trabajar así al menos a partir de los 45.


Un 72% de los fallecidos por estas causas son hombres, destacó un estudio que también muestra que Asia Oriental y Meridional es una de las regiones más especialmente golpeadas por esta “epidemia” de muertes por problemas cardiovasculares ligadas al exceso de trabajo.

En un país de esa región más golpeados por este fenómeno, como es Japón, incluso se acuñó el término “karoshi”, exportado a otros idiomas, para definir las cada vez más frecuentes muertes por exceso de trabajo.

Según la OMS, las regiones donde predomina el trabajo informal, como la propia Asia pero también Latinoamérica, son las que sufren este tipo de problemas de salud en mayor proporción, debido a que esos empleos menos regulados son más susceptibles a los largos horarios.

Por contra, en zonas donde los gobiernos han impuesto leyes que intentan limitar los horarios de trabajo, como Europa o Norteamérica, la incidencia de muertes por problemas cardiovasculares es algo menor.


A la vista de esto, “los gobiernos deben implementar legislaciones y políticas que establezcan límites en los horarios de trabajo, como la que en la Unión Europea fija un máximo de 48 horas semanales”, destacó Neira al respecto, aun admitiendo que este tipo de directivas no son siempre respetadas en los países europeos.

Las agencias de Naciones Unidas piden también tras conocerse el resultado de este informe, que se publica el pasado lunes en la revista especializada Environment International, negociaciones colectivas entre trabajadores y empresas para fijar horarios máximos, y que los propios empleados “compartan” mejor la carga laboral entre sus compañeros para lograr similares resultados.



miércoles, 27 de enero de 2021

Trabajo expedienta "por falta de seguridad" a la empresa de telemarketing que registró un brote con más de 70 casos

Según CCOO, sindicato que denunció en noviembre la situación de la empresa Stream Mobile ubicada en Cartes (Cantabria), la multa por esta infracción, "calificada como grave", podría ir de los 2.000 a los 40.000 euros




La Inspección de Trabajo ha iniciado un expediente sancionador "por falta de seguridad" ante la COVID a la empresa cántabra de telemarketing que en noviembre registró un brote con más de 70 casos. Según Comisiones Obreras (CCOO), sindicato que denunció la situación de Stream Mobile, ubicada en la localidad de Cartes, la multa por esta infracción, "calificada como grave", podría ir de los 2.000 a los 40.000 euros.

CCOO ha acusado a la empresa de incumplir "sistemáticamente" las medidas de seguridad para controlar el coronavirus. "Estamos más de 100 personas en la sala sin distancia de seguridad, con mascarillas de tela sin filtro y hablando muy alto porque vendemos un producto", relató un trabajador afectado a elDiario.es, que prefirió mantenerse en el anonimato por miedo a represalias de la compañía.


Según CCOO, en el informe, la Inspección de Trabajo ha incluido, además del inicio del procedimiento, el requerimiento a la empresa de proporcionar a los trabajadores los equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, especialmente en el caso de las mascarillas, y el cumplimiento del Real Decreto que regula el teletrabajo de forma inmediata y continuada.

El sindicato ha explicado que la empresa ha recibido cuatro visitas de la Inspección de Trabajo y de Salud Pública desde marzo tras tres denuncias que ha interpuesto por los "incumplimientos de las recomendaciones sanitarias".

CCOO ha denunciado, además, "que no ha habido buena fe por parte de la empresa", que, según ha indicado, ha protagonizado diversas "irregularidades" durante las visitas de la Inspección, "sobre todo en cuestión de espacio, al reubicar a personas en espacios dentro del centro en los que no desarrollan su trabajo normalmente para ocultar ante el inspector el incumplimiento de las medidas de distancia interpersonal recomendadas para evitar los contagios".

"Nuestro único afán es trabajar en que toda la plantilla trabaje en un entorno seguro y velar por que se respete la normativa de seguridad y las recomendaciones contra la COVID", ha afirmado la sección sindical de CCOO en Stream Mobile a través de un comunicado.

Asimismo, esta organización sindical ha subrayado que durante este tiempo ha actuado para "garantizar un espacio seguro de trabajo ante la falta de responsabilidad de la empresa". Y ha lamentado que "la práctica de la empresa sea abonar sanciones en lugar de poner soluciones a los problemas laborales y de seguridad de los y las trabajadoras".

Incumplimientos

CCOO ha indicado que los incumplimientos se suceden desde marzo y ha señalado que la apertura de este procedimiento sancionador es "el principio del fin de un largo recorrido de denuncias" del sindicado desde el inicio de la pandemia, la última en noviembre.

Entre los incumplimientos que ha denunciado el sindicato, están la entrega de mascarillas higiénicas textiles en contra de las instrucciones de la Inspección de Trabajo, que ordenó a la empresa utilizar únicamente mascarilla quirúrgica o FFP2.


miércoles, 28 de octubre de 2020

Seis medidas para prevenir los riesgos para la salud mental de los trabajadores

 La pandemia ha dañado el estado emocional de 4 de cada 10 empleados

La pandemia ha provocado un grave deterioro en la salud mental de los empleados. La incertidumbre generalizada, el aumento de la carga de trabajo en ciertos sectores, las restricciones de movilidad y una cada vez más profunda crisis económica, entre otros factores, han creado un caldo de cultivo idóneo para empeorar la estabilidad mental de los trabajadores. Según una encuesta realizada por la consultora Hays, cuatro de cada diez consideran que su bienestar emocional se ha visto dañado en los últimos meses.

No obstante, y pese al gran alcance de esta realidad, se trata de problema altamente estigmatizado. Así lo expone un informe elaborado por el despacho DLA Piper que analiza la situación en diferentes países y propone soluciones que pueden adoptar las empresas para facilitar un clima favorable hacia el bienestar de la plantilla.

1. Prevención de riesgos
En España, la normativa en materia de prevención de riesgos laborales exige a las empresas hacer un análisis de los peligros psicosociales a los que están expuestos los trabajadores y a adoptar las medidas necesarias para evitarlos.

En esta línea, el estudio recomienda a las compañías evaluar el riesgo de mala salud mental por el estrés que pueda derivarse de las actividades laborales e implementar las medidas que se necesiten para controlarlo. Esto puede lograrse, entre otras formas, estableciendo horarios y cargas de trabajo razonables. De igual forma, es importante actualizar los planes de prevención para adaptarlos a la realidad.

2. Desconexión digital
Según el informe, la desconexión digital es una medida muy eficaz para prevenir posibles problemas de salud mental, como el síndrome del trabajador quemado o burnout.

En España, la desconexión digital fue reconocida como derecho en diciembre de 2018, al aprobarse la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). No obstante, y como señala Pilar Menor, socia de la firma y una de las encargadas de elaborar el estudio, nuestra normativa recoge una generalidad. Por ello, es necesario que, desde las empresas, se desarrolle este derecho “y se concreten medidas que puedan garantizar que los empleados desconectan una vez termina su jornada laboral”, detalla, como por ejemplo restringir el envío de correos electrónicos o mensajes fuera del horario de trabajo.

3. Formación
A día de hoy, los problemas de salud mental no están normalizados en nuestra sociedad y se tiende a estigmatizar a quien los sufre como una persona débil o incapaz. Por ese motivo la formación en este ámbito es fundamental.

Desde DLA aconsejan diseñar cursos y talleres a toda la plantilla y adaptados a los empleados dependiendo del nivel que ostenten en la organización. “Esto permitirá que se transmita un mensaje con los matices adecuados a estos diferentes públicos, reflejando sus diferentes responsabilidades”, expone el texto.

4. Apoyo de la dirección
Según la encuesta de Hays, el 42% de los profesionales que han sufrido problemas de salud mental durante la pandemia asegura no haber recibido ningún tipo de ayuda o apoyo por parte de su empresa.

En este sentido, el informe califica de “crucial” que desde la cúpula de la compañía se muestre interés hacia esta realidad. Por ello, puede resultar útil contar con un miembro de la junta o designar a una persona de dentro de la organización que tenga formación especifica en materia de salud mental “y que pueda servir como un primer contacto para los empleados que están atravesando por una situación complicada”, subraya Menor.

Esto contribuye a eliminar los estereotipos en torno a los problemas de salud mental y a facilitar que los trabajadores expongan su situación, ya que sabrán a quién dirigirse.

5. Programas de asistencia
Otro elemento que puede resultar de gran ayuda son los programas de asistencia. Se trata de planes que ofrecen al empleado desde asistencia psicológica hasta apoyo legal y financiero para ayudarle a superar situaciones traumáticas o crisis emocionales, así como eventuales problemas de estrés, ansiedad o depresión.

Estos programas también pueden incluir actividades que ayuden a mejorar la salud mental, como por ejemplo, suministro de alimentos sanos, inscripción a un gimnasio o el acceso virtual a un médico.

Aunque esta solución pueda implicar un esfuerzo económico, Menor recuerda que la pandemia ha potenciado el teletrabajo, lo que da una mayor flexibilidad de costes a las entidades, al poder evitar gastos como el alquiler del centro. “Gastar dinero en este tipo de soluciones es siempre una inversión”, destaca.

6. Protocolo contra el acoso
Más allá del bienestar mental, las empresas también deben diseñar protocolos que protejan a los empleados contra el acoso laboral o por razón de sexo. Estos planes han de detallar cómo debe comportarse la compañía con la víctima y los agresores. Asimismo, es importante establecer incluir un canal de denuncias, a ser posible externo.

Estas medidas son relevantes ya que, en caso de desidia empresarial ante una situación de acoso en la plantilla, la normativa prevé multas que van desde 6.000 euros en los casos más leves hasta más de 187.000. En los casos más graves puede acarrear, incluso, responsabilidad penal.

miércoles, 26 de agosto de 2020

El 13% de los empleados han ido a trabajar con síntomas compatibles con la covid-19

 Un estudio de CCOO subraya que el 70% de trabajadores están preocupados ante una rebaja de sueldo


El impacto de la pandemia del coronavirus en el mercado laboral ha sido amplio. Y no solo en la variable más evidente, más o menos destrucción de empleo, también lo ha sido en las condiciones laborales y en la salud de los trabajadores. Un 13% de ellos ha ido a trabajar con algún tipo de síntoma de la covid-19, según un estudio de CCOO y la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB). El mismo informe revela otros datos del mercado de trabajo durante el estado de alarma, como que algo más del 30% de empleados han teletrabajado durante la pandemia o que muchos temen la crisis económica: el 70% están preocupados por una rebaja de sueldo.

Estos son los números globales, pero en los detalles se evidencia la disparidad del impacto por diferentes actividades, edades o género. Por ejemplo, el 13% de trabajadores que acudieron a sus empleos con algún tipo de síntoma de la enfermedad crece hasta el 14,2% en las actividades consideradas esenciales y desciende al 6,4% en las que no lo son. El nivel de detalle permite también averiguar que fueron en las profesiones sociosanitarias en las que estos porcentajes fueron más altos: entre auxiliares de enfermería y geriatría, enfermeras, celadores y médicos ese porcentaje se acercó o, incluso, superó holgadamente el 20%.

Los investigadores Albert Navarro, de la Facultad de Medicina de la UAB, y Salvador Moncada, del instituto de salud laboral Istas, de CCOO, han explicado que esto se suele producir por dos motivos. Uno es económico. “El porcentaje de quienes fueron a trabajar con síntomas es casi el doble entre quienes afirman que su salario les permite cubrir las necesidades del hogar como mucho ‘algunas veces’ (18,2%), que entre quienes pueden hacerlo ‘siempre o muchas veces’ (10,5%)”, exponen en una síntesis del documento. El segundo sería la propia organización del trabajo, que hace que si falla un empleado se “sobrecarga al compañero”. Estas respuestas llevan al siguiente punto de la encuesta: ¿cuántos han contado con equipos de protección individual? La contestación que han dado un 70% ha sido que no contaban con unos materiales adecuados.

La encuesta, que han presentado esta mañana el secretario general de CCOO, Unai Sordo, y la rectora de la UAB, Margarita Arboix, junto a los investigadores que la han desarrollado, ha preguntado a través de Internet a más de 20.000 asalariados que tenían empleo el 14 de marzo, día que se decretó el estado de alarma. El trabajo de campo se realizó entre finales de abril y finales de mayo.

Teletrabajo y temor a la crisis

Otro de los aspectos a los que trata de responder el estudio es cuánta gente ha teletrabajado estos meses. Lo habría hecho un 30,1% de asalariados. “La mayor parte (25,2%) lo hizo de forma exclusiva o mayoritaria, mientras el 4,9% restante combinó teletrabajo con asistencia a las instalaciones”, precisa el informe. En lógica con las características de los puestos de trabajo, esta forma de empleo ha llegado al 66% entre las ocupaciones profesionales e intelectuales (arquitectos, abogados, periodistas) y al 55% entre el personal contable y administrativo. La incidencia cae mucho en oficios artesanos y las manufacturas, con porcentajes cercanos al 4%.

La crisis económica y sus consecuencias es otro de los aspectos abordados en el estudio Condiciones de trabajo, inseguridad y salud en el contexto de la covid-19. Ante la destrucción de empleo prevista, muchos asalariados temen verse afectados: un 40%. Y el 75,6% dicen ser conscientes de que si son despedidos tendrán problemas para reengancharse al mercado laboral.

Además de la seguridad en el empleo, también se han abordado las condiciones de trabajo y sus implicaciones en la crisis. La rebaja salarial es la más temida, pues les preocupa a un 69,7% de los encuestados. También otros cambios en las condiciones laborales por ajustes en el horario o las tareas, en ambos casos con porcentajes que superan el 50%.

“Los datos me han parecido de un realismo demoledor, es ver las orejas al lobo de forma clarísima”, ha apuntado Sordo, líder de CCOO, en la presentación del estudio. Esto le ha llevado a retomar una reivindicación ya clásica del sindicalismo español: derogar la reforma laboral. “Tener abiertos los canales de caída de salarios que abrió la reforma laboral de 2012 es temerario”, ha advertido el sindicalista.

martes, 28 de abril de 2020

CCOO asegura que el COVID-19 revela la debilidad de la prevención de riesgos laborales en España


Con motivo de la celebración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, CCOO ha editado un nuevo número de Gaceta Sindical para recordar una vez más que las condiciones de trabajo están en el origen de los accidentes y enfermedades laborales, y reitera sus propuestas de cambio en las políticas que afectan a la salud y la seguridad de la clase trabajadora. CCOO viene advirtiendo que la precariedad laboral mata y que las condiciones de empleo están detrás del repunte de los accidentes de trabajo. En particular, CCOO reivindica la debida atención a las condiciones de trabajo que causan enfermedades, que mayormente no están debidamente registradas como “profesionales”.

miércoles, 20 de junio de 2018

Accidente a la vuelta del trabajo: pararse antes a hacer la compra no impide que sea un siniestro laboral

El Supremo considera que es laboral el accidente que sufrió una trabajadora en un autobús, cuando volvía a casa después de trabajar, aunque antes había parado "menos de una hora" en un centro comercial

La Sala de lo Social revoca así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que no estimó la denuncia de la empleada, al igual que el juzgado de primera instancia 

"Si un trabajador hace una breve gestión personal y tiene un accidente, esa pequeña desviación no significa que se le prive de la protección", explica la profesora Ana Belén Muñoz Ruiz


Una trabajadora se disponía a volver a casa después del trabajo, pero antes pasó por un centro comercial para hacer la compra. Esa parada duró menos de una hora y, tras ella, cogió el autobús para regresar a su domicilio. En el trayecto sufrió un accidente, debido a un frenazo del vehículo, que le ocasionó una baja por lesiones en su trabajo como "auxiliar de ayuda a domicilio" de la empresa Eulen Servicios Sociosanitarios. La trabajadora pidió que se reconociera como un accidente laboral, con mayor protección social, pero su demanda no había tenido éxito hasta ahora. Casi cuatro años después del suceso, el Tribunal Supremo ha dado la razón a la mujer y ha fallado que se trata de un accidente de trabajo y no uno de carácter común.

La  sentencia del Supremo llega después de que la demanda de la mujer fuera desestimada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Cáceres, así como por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. La postura del Tribunal Supremo "no es nueva", explica Ana Belén Muñoz Ruiz, profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Carlos III de Madrid: "La línea que sigue es expansiva, de ampliar el concepto de accidente laboral". La especialista recuerda que la protección en los accidentes laborales es más amplia que si se trata solo de uno común.

En caso de accidente de trabajo, por ejemplo,  el subsidio por incapacidad temporal se abona desde el día siguiente al de la baja y supone un 75% de la base reguladora. En caso de un accidente no laboral, el subsidio se paga a partir del cuarto día de baja en el trabajo, y supone el 60% de la base reguladora hasta el día 20 de baja, y a partir de entonces el 75%.

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miércoles, 6 de junio de 2018

El volumen y ritmo de trabajo y la presión, principales causas de estrés laboral

Datos del Informe Anual 2017 InfoJobs–ESADE sobre el Estado del Mercado Laboral

Las empresas y la población activa coinciden en señalar los principales motivos relacionados con el estrés, según una encuesta realizada por InfoJobs
El 50% de la población activa ocupada afirma estar estresada

Las nuevas formas de organización, los cortos plazos de entrega, las reestructuraciones que afectan a algunas organizaciones y a los propios puestos de trabajo o las relaciones profesionales tienen un impacto directo en las condiciones laborales de los empleados, que pueden afectar directamente a su salud, siendo el estrés laboral una de las principales consecuencias.

Según una encuesta de InfoJobs a más de mil empresas y a una muestra representativa de la población activa española, ambos coinciden en que el volumen y ritmo de trabajo es la causa más frecuente de estrés laboral. En el caso concreto de la población activa, el 57% de las personas que afirman estar estresadas declaran que éste es el motivo principal, mientras que la presión (44%) y el nivel de responsabilidad (28%) serían la segunda y tercera causa de estrés. Otras causas de estrés también nombradas por la población activa española son las responsabilidades o roles poco claros (27%) o la desmotivación por el trabajo desempeñado (23%).

En el caso de las empresas, cuando se les pregunta cuáles creen que son los principales motivos que generan estrés, la encuesta refleja que el volumen y ritmo de trabajo y la presión también son las principales causas, concretamente en un 49% y un 48%, respectivamente. Otros motivos señalados por las empresas relacionados con las causas de estrés son: el mal ambiente en el trabajo (44%), la desmotivación por el trabajo desempeñado (33%) o la incertidumbre (22%).