miércoles, 29 de abril de 2015
Comunicado 42 Convenio TIC: Reunión aplazada y prórroga de negociación hasta 31 de mayo
Os informamos que la reunión de la mesa negociadora del convenio estatal TIC prevista para hoy martes 28 de abril, ha sido aplazada por petición de la AEC, al próximo miércoles 6 de mayo, con la aprobación de CC.OO. y UGT.
CC.OO. ha firmado una nueva prórroga de la negociación hasta el 31 de mayo.
Como novedad en la mesa, os comunicamos la nueva incorporación a la negociación de Mónica Pérez, actual secretaria de Salud Laboral de la Federació de Serveis de Catalunya y delegada del sector TIC.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal.
miércoles, 22 de abril de 2015
Comunicado 41 Convenio TIC: Entregada propuesta de mínimos
El pasado 26 de marzo estaba prevista una nueva reunión de la mesa de negociación del convenio, pero se canceló por problemas de agenda. Aún y así, firmamos una nueva prórroga de un mes, hasta el próximo 30 de abril.
El 16 de abril se llevó a cabo una nueva reunión de negociación donde se trató lo siguiente:
Desde CC.OO. se hizo entrega de la respuesta a la “propuesta de mínimos para un convenio de transición" que la AEC presentó en la reunión del 5 de marzo, añadiendo a la misma temas que consideramos centrales a incluir el articulado del convenio sectorial. En la misma línea se requirió más información y tiempo para poder desarrollar una contrapropuesta en la línea de lo expuesto más adelante, punto por punto, en este comunicado.
Los representantes de la AEC recogieron el documento para proceder a su estudio de forma conjunta con la propuesta presentada por UGT, con el fin de preparar una respuesta y contrapropuesta para la próxima reunión, que ha quedado fijada para el próximo 28 de abril.
A continuación detallamos las líneas de la propuesta en la que CC.OO. quiere centrar la articulación del convenio, intentando de nuevo encontrar una salida a la anormalidad de 5 años de bloqueo y con el fin de no prolongar este sinsentido en el tiempo.
• Puntos NO negociables.
o Sistema de Antigüedad, plazos de devengo y cuantía.
o Ultra-actividad: Continuidad del artículo en las mismas condiciones actuales.
• Pendiente de propuesta concreta de AEC y ANEIMO.
o Compensación y absorción: Sobre este punto CC.OO. propone mantener las políticas empresa por empresa mantenidas hasta ahora.
• Propuestas de negociación.
o Flexibilidad horaria: Debe de ser causal y bidireccional, disponible para la empresa y también para la persona trabajadora como medida de conciliación.
o Pausa de comida: Tiempo máximo de 1:30 horas para no alargar la jornada laboral, ni la presencia estéril en los centros de trabajo.
o Jornada intensiva en julio y agosto: 36 horas semanales fijando un sistema de compensación dónde ésta no pueda realizarse.
o Jornada anual: Reducción desde las 1.800 horas actuales a 1.780 horas anuales.
o Ampliación de los permisos retribuidos y extensión a parejas de hecho, que actualmente reflejan únicamente el mínimo fijado en el Estatuto de los Trabajadores.
o Clasificación profesional: Asegurar que nadie pierde en la transición al nuevo sistema de Grupos y Niveles, condicionando cualquier avance sobre la clasificación y retribuciones a este punto.
o Distribución irregular: Reducción del porcentaje fijado por la Reforma Laboral de disponibilidad de la jornada anual como irregular del 10% hasta el 8%, lo que supone reducir la disponibilidad desde las 180 horas actualmente a 142,5. Ampliar a 10 horas el horario en distribución irregular, con el límite de las 22:00 horas para la realización de las mismas.
o Contratación: Limitación de los contratos temporales en un porcentaje sobre el conjunto del volumen del empleo de cada empresa. Mejoras en el tratamiento indemnizatorio a la finalización.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal.
El 16 de abril se llevó a cabo una nueva reunión de negociación donde se trató lo siguiente:
Desde CC.OO. se hizo entrega de la respuesta a la “propuesta de mínimos para un convenio de transición" que la AEC presentó en la reunión del 5 de marzo, añadiendo a la misma temas que consideramos centrales a incluir el articulado del convenio sectorial. En la misma línea se requirió más información y tiempo para poder desarrollar una contrapropuesta en la línea de lo expuesto más adelante, punto por punto, en este comunicado.
Los representantes de la AEC recogieron el documento para proceder a su estudio de forma conjunta con la propuesta presentada por UGT, con el fin de preparar una respuesta y contrapropuesta para la próxima reunión, que ha quedado fijada para el próximo 28 de abril.
A continuación detallamos las líneas de la propuesta en la que CC.OO. quiere centrar la articulación del convenio, intentando de nuevo encontrar una salida a la anormalidad de 5 años de bloqueo y con el fin de no prolongar este sinsentido en el tiempo.
• Puntos NO negociables.
o Sistema de Antigüedad, plazos de devengo y cuantía.
o Ultra-actividad: Continuidad del artículo en las mismas condiciones actuales.
• Pendiente de propuesta concreta de AEC y ANEIMO.
o Compensación y absorción: Sobre este punto CC.OO. propone mantener las políticas empresa por empresa mantenidas hasta ahora.
• Propuestas de negociación.
o Flexibilidad horaria: Debe de ser causal y bidireccional, disponible para la empresa y también para la persona trabajadora como medida de conciliación.
o Pausa de comida: Tiempo máximo de 1:30 horas para no alargar la jornada laboral, ni la presencia estéril en los centros de trabajo.
o Jornada intensiva en julio y agosto: 36 horas semanales fijando un sistema de compensación dónde ésta no pueda realizarse.
o Jornada anual: Reducción desde las 1.800 horas actuales a 1.780 horas anuales.
o Ampliación de los permisos retribuidos y extensión a parejas de hecho, que actualmente reflejan únicamente el mínimo fijado en el Estatuto de los Trabajadores.
o Clasificación profesional: Asegurar que nadie pierde en la transición al nuevo sistema de Grupos y Niveles, condicionando cualquier avance sobre la clasificación y retribuciones a este punto.
o Distribución irregular: Reducción del porcentaje fijado por la Reforma Laboral de disponibilidad de la jornada anual como irregular del 10% hasta el 8%, lo que supone reducir la disponibilidad desde las 180 horas actualmente a 142,5. Ampliar a 10 horas el horario en distribución irregular, con el límite de las 22:00 horas para la realización de las mismas.
o Contratación: Limitación de los contratos temporales en un porcentaje sobre el conjunto del volumen del empleo de cada empresa. Mejoras en el tratamiento indemnizatorio a la finalización.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal.
martes, 21 de abril de 2015
La audiencia nacional da de nuevo prioridad a un convenio colectivo frente a la reforma laboral
La Sentencia reconoce lo establecido en el Convenio Sectorial de Contact Center sobre la reducción de jornada por cuidado de familiares.
El pasado 23 de marzo, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia contra la empresa Transcom Worldwide Spain, S.A. en referencia a los límites legales que dicha empresa exigía para las concreciones horarias de las reducciones de jornada por motivos familiares.
Dicha sentencia reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras de esta empresa a concretar su horario sin necesidad de que la distribución sea “diaria y proporcional” a la jornada. Es decir, a Audiencia Nacional contradice a lo dictado en la última la Reforma Laboral.
Esto se traduce en que el personal podrá reducir su jornada según le convenga y trabajar, por ejemplo, dos o tres días a la semana y librar el resto, o trabajar un número de horas un día y otro número de horas distinto al día siguiente.
Sin embargo, este supuesto no es aplicable a todas las empresas, tan solo a las que, en virtud de la negociación colectiva, se mantengan en el ámbito de un Convenio o norma que mejore legalmente al Estatuto de los Trabajadores.
La empresa demandada pertenece al sector del Contact Center, cuyo Convenio Colectivo en su artículo 33 presenta, según la Audiencia Nacional, un redactado “más favorable para los trabajadores, debiendo tener por tanto una aplicación preferente”.
Desde Comisiones Obreras valoramos muy positivamente esta sentencia, no solo por los efectos directos que tiene en las empresas del sector, sino porque refuerza el papel de la negociación colectiva, la importancia de los Convenios y de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en la elaboración de las normas.
El pasado 23 de marzo, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia contra la empresa Transcom Worldwide Spain, S.A. en referencia a los límites legales que dicha empresa exigía para las concreciones horarias de las reducciones de jornada por motivos familiares.
Dicha sentencia reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras de esta empresa a concretar su horario sin necesidad de que la distribución sea “diaria y proporcional” a la jornada. Es decir, a Audiencia Nacional contradice a lo dictado en la última la Reforma Laboral.Esto se traduce en que el personal podrá reducir su jornada según le convenga y trabajar, por ejemplo, dos o tres días a la semana y librar el resto, o trabajar un número de horas un día y otro número de horas distinto al día siguiente.
Sin embargo, este supuesto no es aplicable a todas las empresas, tan solo a las que, en virtud de la negociación colectiva, se mantengan en el ámbito de un Convenio o norma que mejore legalmente al Estatuto de los Trabajadores.
La empresa demandada pertenece al sector del Contact Center, cuyo Convenio Colectivo en su artículo 33 presenta, según la Audiencia Nacional, un redactado “más favorable para los trabajadores, debiendo tener por tanto una aplicación preferente”.
Desde Comisiones Obreras valoramos muy positivamente esta sentencia, no solo por los efectos directos que tiene en las empresas del sector, sino porque refuerza el papel de la negociación colectiva, la importancia de los Convenios y de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras en la elaboración de las normas.
miércoles, 1 de abril de 2015
Renta 2014
Ante la inminencia de la apertura del periodo de la Renta 2014, queremos haceros llegar esta noticia por si os sirve como pequeña guía:
Guia para la declaración renta 2014

Por otra parte, informaros que los importes de atrasos cobrados el año pasado en concepto de regularización del Plan de Pensiones de HP y las correcciones en nómina, deberían estar incluidos en el certificado de retenciones de la empresa, con lo cual no hay que cumplimentar nada especial al respecto en la Renta 2014.
A los afiliados de CCOO, deberíais haber recibido un mail desde vuestra Federación con la información y los importes a ser incluidos en vuestra declaración y así poder desgravaros los importes satisfechos (el importe líquido mensual del pago de afiliación con esta desgravación hace que ésta sea de +-6 euros al mes).
Cualquier consulta dirígete a cualquier delegado de CCOO en HP.
Guia para la declaración renta 2014

Por otra parte, informaros que los importes de atrasos cobrados el año pasado en concepto de regularización del Plan de Pensiones de HP y las correcciones en nómina, deberían estar incluidos en el certificado de retenciones de la empresa, con lo cual no hay que cumplimentar nada especial al respecto en la Renta 2014.
A los afiliados de CCOO, deberíais haber recibido un mail desde vuestra Federación con la información y los importes a ser incluidos en vuestra declaración y así poder desgravaros los importes satisfechos (el importe líquido mensual del pago de afiliación con esta desgravación hace que ésta sea de +-6 euros al mes).
Cualquier consulta dirígete a cualquier delegado de CCOO en HP.
jueves, 26 de marzo de 2015
Nuevo varapalo judicial a la reforma laboral del PP
Nuevo varapalo judicial a la reforma laboral del PP, que contó con los votos favorables de CIU.
Una sentencia del Supremo eleva la indemnización por despido que fijaba la reforma laboral y no tiene en cuenta la disposición de la reforma laboral que limita las indemnizaciones por despido a los días acumulados hasta el 11 de febrero de 2012, en caso de que a esa fecha ya se superen los 720 días de indemnización máxima fijada por la reforma, y determina que en ese caso el límite continúan siendo las 42 mensualidades.
Esto significa que para todos aquellos que a fecha 11 de febrero de 2012 tenían una antigüedad de 16 años o más, el tope de su indemnización sería de 42 mensualidades, que se continúan acumulando a partir de esa fecha a un razón de 33 días por año (en el caso de despido improcedente, el habitual en nuestra empresa), y no se quedaría fijada en la quantía a esa fecha del 2012 como se venía haciendo hasta ahora.
No está asegurado que la empresa reconozca este cambio, por lo que es posible que haya que lucharlo en los juzgados, pero la sentecia es clara.
Aconsejamos a quien se encuentre en la situación de ser despedido que se asesore con algún delegado de CCOO.
Traducción de la sentencia del TS que ha eliminado el congelamiento de la indemnización por despido improcedente.
Una sentencia del Supremo eleva la indemnización por despido que fijaba la reforma laboral y no tiene en cuenta la disposición de la reforma laboral que limita las indemnizaciones por despido a los días acumulados hasta el 11 de febrero de 2012, en caso de que a esa fecha ya se superen los 720 días de indemnización máxima fijada por la reforma, y determina que en ese caso el límite continúan siendo las 42 mensualidades.Esto significa que para todos aquellos que a fecha 11 de febrero de 2012 tenían una antigüedad de 16 años o más, el tope de su indemnización sería de 42 mensualidades, que se continúan acumulando a partir de esa fecha a un razón de 33 días por año (en el caso de despido improcedente, el habitual en nuestra empresa), y no se quedaría fijada en la quantía a esa fecha del 2012 como se venía haciendo hasta ahora.
No está asegurado que la empresa reconozca este cambio, por lo que es posible que haya que lucharlo en los juzgados, pero la sentecia es clara.
Aconsejamos a quien se encuentre en la situación de ser despedido que se asesore con algún delegado de CCOO.
Traducción de la sentencia del TS que ha eliminado el congelamiento de la indemnización por despido improcedente.
miércoles, 25 de marzo de 2015
Encuesta sobre la negociación del convenio TIC
Resultados de la “Encuesta sobre la negociación del convenio TIC” llevada a cabo en HP Consultoría y Aplicaciones Zaragoza entre los días 17 y 24 de marzo.
PDF con resultados
martes, 10 de marzo de 2015
Vemos luz al final del túnel …pero no nos hagamos ilusiones.
Por ahora, es la luz de una vela, no un Sol radiante, aunque sí es mucho más de lo que podíamos vislumbrar meses atrás: oscuridad total.
En la reunión del pasado 17 de febrero se llegó a la conclusión de que el camino tomado hasta ahora no iba a sacarnos del túnel por el que transitamos desde 2010: la negociación del Convenio Colectivo Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresas y contable, empresas de servicios de informática y de estudios de mercado y de la opinión pública.
De un lado, unas patronales (AEC y ANEIMO) enrocadas en posturas restrictivas, cuando no, regresivas, y del otro, las organizaciones sindicales que apostamos por un nuevo convenio que recoja las realidades de los sectores implicados (TIC's y Estudios de Mercado).
Con el fin de tratar de salir de dicho túnel, las partes convinieron en presentar nuevas propuestas en las que sólo se recogieran los aspectos mínimos y obligatorios que permitiesen alcanzar un acuerdo. Esto supone aceptar un convenio de transición en el que no queden recogidos, ni grandes cambios, ni grandes novedades. Es decir, aplazamos por el momento la negociación de temas como: Guardias y Disponibilidades, Dietas y Gastos de Desplazamiento, Turnos, etc.
En la reunión del jueves 5 de marzo tuvimos la ocasión de conocer la propuesta simplificada de la AEC que, según ellos, “recoge los aspectos mínimos que les permitirían llegar a un acuerdo”.
Durante el transcurso de la reunión, CC.OO. se abstuvo de realizar valoración alguna sobre dicha propuesta. Nos hemos comprometido a presentar nuestra propia propuesta simplificada, que abordará esos y otros temas, que igualmente, consideramos aspectos mínimos para llegar a un acuerdo. Cuando esté rematada, le daremos la máxima difusión.
La próxima reunión tendrá lugar el 26 de marzo. Durante la misma, previsiblemente se firmará una nueva prórroga de la negociación.
Consulta el histórico de la negociación con nuestras propuestas y las de la Patronal.
Envíanos tus consultas, propuestas y comentarios a tic@servicios.ccoo.es
Accede a las razones para afiliarte, cuánto cuesta afiliarte y afiliación on-line.
En la reunión del pasado 17 de febrero se llegó a la conclusión de que el camino tomado hasta ahora no iba a sacarnos del túnel por el que transitamos desde 2010: la negociación del Convenio Colectivo Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresas y contable, empresas de servicios de informática y de estudios de mercado y de la opinión pública.
De un lado, unas patronales (AEC y ANEIMO) enrocadas en posturas restrictivas, cuando no, regresivas, y del otro, las organizaciones sindicales que apostamos por un nuevo convenio que recoja las realidades de los sectores implicados (TIC's y Estudios de Mercado).
Con el fin de tratar de salir de dicho túnel, las partes convinieron en presentar nuevas propuestas en las que sólo se recogieran los aspectos mínimos y obligatorios que permitiesen alcanzar un acuerdo. Esto supone aceptar un convenio de transición en el que no queden recogidos, ni grandes cambios, ni grandes novedades. Es decir, aplazamos por el momento la negociación de temas como: Guardias y Disponibilidades, Dietas y Gastos de Desplazamiento, Turnos, etc.
En la reunión del jueves 5 de marzo tuvimos la ocasión de conocer la propuesta simplificada de la AEC que, según ellos, “recoge los aspectos mínimos que les permitirían llegar a un acuerdo”.
Durante el transcurso de la reunión, CC.OO. se abstuvo de realizar valoración alguna sobre dicha propuesta. Nos hemos comprometido a presentar nuestra propia propuesta simplificada, que abordará esos y otros temas, que igualmente, consideramos aspectos mínimos para llegar a un acuerdo. Cuando esté rematada, le daremos la máxima difusión.
La próxima reunión tendrá lugar el 26 de marzo. Durante la misma, previsiblemente se firmará una nueva prórroga de la negociación.
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