Hemos ganado en la Audiencia Nacional un conflicto colectivo presentado por CCOO sobre Pantallas de Visualización de Datos en las empresas del Contact Center.
Ejemplo: trabajadores y trabajadoras que prestan cuatro horas y media en horario de mañana y tres y media en el turno de tarde que solo disfrutan de 7 pausas y deben de ser 8 ya que esas medias horas de trabajo se deben de contabilizar.
La sentencia indica basándose en el art 24 que corresponderá a la empresa la distribución y forma de llevar a cabo dichas pausas, organizándolas de modo lógico y racional en función de las necesidades del servicio, sin que tales pausas puedan demorar, ni adelantar, su inicio más de 15 minutos respecto a cuando cumplan las horas fijadas para su ejecución.”
Aunque cabe recurso para dicha sentencia, y aun no es firme, CCOO seguirá peleando para que nuestras empresas dejen de ser tan piratas, que últimamente ya rozan la usura laboral.
Sentencia PVDS Contact Center
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