El Supremo falló que estos permisos retribuidos (y también el de matrimonio) debían comenzar a partir del primer día laborable; ahora la Audiencia va más allá y se pronuncia sobre qué días computan
Según esta interpretación, si al trabajador le corresponden tres días por el fallecimiento de su cónyuge y éste muere en jueves, podría ausentarse ese día, el viernes y el lunes (sin que consumiera ningún día el fin de semana)
Este criterio de la Audiencia solo es válido para los "permisos cortos", lo que deja fuera el periodo retribuido de permiso por matrimonio
Las resoluciones de la Audiencia Nacional, tres sentencias fechadas el pasado junio, son consecuencia de otra del Tribunal Supremo de febrero a propósito de un conflicto sobre el convenio colectivo de Contact Center. El Alto tribunal consideró que los permisos retribuidos –incluido el de matrimonio– debían contarse a partir del primer día laborable si el "hecho causante" tenía lugar en "día librado". Es decir, que si la boda, el nacimiento o la muerte que dan lugar a la ausencia retribuida ocurrían un día festivo o no laborable para el empleado, el permiso no debía comenzar ese día sino a partir de la primera jornada laborable que le siguiera.
Un ejemplo práctico: si una profesora –que trabaja de lunes a viernes– se casa en sábado, su permiso como mínimo de 15 días naturales debería comenzar a partir del lunes.
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