lunes, 30 de mayo de 2022

Gran respuesta a la convocatoria de CCOO y UGT frente a las Big Four por un convenio de consultoría digno

 Los sindicatos se movilizaron el pasado 26 de mayo, a las puertas de las cuatro grandes consultoras (EY, Deloitte, PwC y KPMG) por todo el país. 

CCOO : "Esperamos que la reunión de la mesa del convenio del próximo día 30 de mayo sea un punto de inflexión y se comience a negociar de verdad". 


La Asociación de Empresas de Consultoría (AEC), patronal del sector, presentó a la mesa negociadora del convenio una propuesta, en la que se pedía ampliar la jornada máxima diaria hasta las 12 horas efectivas y considerar los sábados como jornada ordinaria, es decir, trabajarlos gratis. 

Esto llevó a los sindicatos a denunciar públicamente los planteamientos de la AEC quien, como respuesta, decidió romper las negociaciones abocando a CCOO Y UGT a comenzar una serie de movilizaciones. La primera de ellas, el 12 de mayo en la sede de la AEC en Madrid, hizo que la patronal diera marcha atrás y convocara de nuevo a la mesa del convenio para el próximo 30 de mayo.
 
Para CCOO , el hecho de que se reabriera la negociación era únicamente regresar al punto de partida, por lo que ambos sindicatos decidieron continuar con las movilizaciones hasta que se observara un cambio de actitud de la AEC que permitiera avanzar hacia un convenio de consultoría digno. 

Las y los delegados de las dos organizaciones, y quien quisiera sumarse, fueron convocados el pasado 26 de mayo, en las diferentes sedes que las cuatro grandes consultoras (las Big Four), PriceWaterhouseCoopers (PwC), KPMG, Deloitte y Ernst & Young (EY) tienen repartidas por todo el país. 

Las concentraciones se llevaron a cabo en: Málaga (EY), Sevilla (Deloitte), Santander (PwC), Barcelona (EY), Bilbao (EY), Madrid (EY y Deloitte), Valencia (KPMG y PwC), en la Plaza de la Escandalera en Oviedo y en la Plaza de España de Zaragoza. 

Desde CCOO indican que "la respuesta a la convocatoria ha sido todo un éxito en todas y cada una de las ciudades", que "Esperan que la patronal haya visto que sus plantillas están hartas de precariedad y que esto suponga un punto de inflexión de cara a la próxima reunión del 30 de mayo y se comience a negociar de verdad". 

Desde el sindicato consideran que "la patronal y asociados, deben dejar de lado su discurso abogando por la "flexibilidad", como excusa para reducir costes a través de jornadas maratonianas de 12 horas y de lunes a sábado. Si no llegan a cumplir objetivos con el cliente, con el personal en jornadas de 8 horas, lo que necesitan no es flexibilidad sino contratar gente" han dicho. 

La organización insiste en que "son precisamente sus plantillas quienes les generan miles de millones en beneficios cada año y que ya va siendo hora de que sean corresponsables y repartan parte esa riqueza con quienes la producen, mejorando sus condiciones laborales". 

Ambos sindicatos han indicado que "las movilizaciones van a continuar mientras no vean un cambio de actitud real y que sigue sobre la mesa la posibilidad de una convocatoria de huelga para el próximo mes de junio".

miércoles, 11 de mayo de 2022

Declarado nulo el despido de un trabajador que anunció que iba a coger la baja de paternidad

 El Tribunal Superior de Madrid concluye que es un caso de discriminación y condena a la empresa a readmitirlo y pagarle 6.251 euros por los daños


El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha declarado nulo el despido disciplinario de un trabajador que, días antes de la extinción de su contrato, había anunciado fehacientemente su decisión de acogerse a un permiso de paternidad. La empresa condenada tendrá que readmitir al trabajador y compensarle con 6.251 euros por la vulneración del derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación.

El fallo (cuyo texto puede consultar aquí) da la razón al empleado porque la empresa no demostró que el cese tuviera otra motivación distinta a su decisión de cogerse la baja por paternidad en vez del bajo rendimiento que alegó ante el juez la compañía.

El trabajador, que prestaba servicios como analista de marketing para la empresa condenada a la readmisión, comunicó en primer lugar que iba a ser padre en los siguientes meses. En octubre de 2020, su responsable jerárquico le remitió un correo informándole de sus derechos en relación con el nacimiento y cuidado de hijo, remitiéndole a la normativa sobre el particular contenida en la intranet de la compañía.

En diciembre, el trabajador remitió a su superior un correo con su intención de disfrutar del permiso de paternidad obligatorio tras la fecha de nacimiento (seis semanas). Además, detalló el número de semanas que disfrutaría durante el primer año, compatibilizadas con el teletrabajo a tiempo parcial. Asimismo, informó sobre su pretensión de modo de disfrute del permiso de lactancia, conjugándolo también con trabajo a distancia de forma parcial. Finalizó su misiva proponiendo una reunión sobre estas expectativas.

Evaluación del desempeño
Un mes después, la empresa realizó una evaluación del desempeño de sus empleados. Según la misma, “es evidente que (el trabajador) no está preparado para ocupar un puesto de analista orientado al servicio, ya que las valoraciones que recibe de los interesados son mayormente negativas. Dentro del equipo, es un compañero que muestra predisposición a ayudar, pero en el caso de sus antiguos compañeros prefiere eludir sus obligaciones y hacerlos responsables de proyectos de los que ya no se encargan”.

Tanto de la evaluación del desempeño como del informe que obra en autos, remitido al juzgado por el responsable jerárquico del empleado, se desprende el descontento de la empresa ante el rendimiento del recurrente, pues “no cumplía con unos parámetros aceptables de calidad y eficiencia”. Al parecer, las tareas no se ejecutaban en los plazos indicados, siendo los resultados de su trabajo de baja calidad y, a veces, erróneos. La empresa adujo también la escasa capacidad de análisis del trabajador, su falta de motivación y ausencia de interés para adquirir nuevos conocimientos sobre su área.

En consecuencia, el empleado fue despedido por causas disciplinarias el 26 de enero de 2021.

La sentencia del juzgado de lo social declaró improcedente (no nulo) el despido, permitiendo a la empresa optar entre la readmisión del trabajador y el abono de una indemnización. El trabajador recurrió la resolución denunciando la infracción de los artículos 14 y 24.1 de la Constitución, el Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, bajo la premisa de que el despido fue discriminatorio por vulnerar derechos fundamentales.

Recurso y prueba
Según establece la ley reguladora de la jurisdicción social, justificada la concurrencia de indicios de violación de un derecho fundamental o libertad pública, corresponde al demandado la aportación de prueba en contrario. El TSJ entiende el despido es discriminatorio por relacionarse, presumiblemente, con el hecho de la paternidad, al constatarse un escaso periodo de tiempo entre la comunicación de la decisión de acogerse al permiso y el momento del despido.

En consecuencia, el juzgador entiende que es la empresa quien debe aportar una justificación objetiva y razonable del despido disciplinario del actor, no quedando acreditados los hechos imputados en la carta de despido y condenando a la empresa a readmitir al trabajador, en las mismas condiciones que regían antes del despido, con el abono de los salarios dejados de percibir y abonando una indemnización adicional de 6.251 euros por la vulneración del derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación.

Origen de la noticia

miércoles, 4 de mayo de 2022

El 12 de mayo CCOO y UGT nos concentramos en la puerta de la AEC en Madrid

 Estas últimas semanas, habréis podido ver en los diferentes medios y en redes sociales como, desde CCOO y UGT, hemos estado denunciando algunas de las propuestas inaceptables que la Asociación de Empresas de Consultoría (AEC) y sus a


sociados habían presentado a la mesa negociadora del Convenio. 

Hablamos de planteamientos como que trabajemos gratis los sábados (sin compensación alguna) o ampliarnos la jornada máxima diaria permitida hasta las 12 horas efectivas. 

¿Cuál ha sido la respuesta de la AEC al hacer públicas sus intenciones? Romper las negociaciones y acusarnos de mentir y tergiversar sus palabras. 

En vista de esta actitud por su parte, nuestro siguiente paso fue dirigirnos por escrito a los grupos parlamentarios y pedir su apoyo para que la AEC retirase sus propuestas y sentarla de nuevo para avanzar hacia el objeto final de todo esto, que no es otro que el de lograr un Convenio digno

Creemos que ha llegado el momento de dar un paso más, no se puede tolerar que la única respuesta recibida por parte de la patronal y sus miembros haya sido faltar a la verdad (negando las propuestas que nos trasladaron el 15 de marzo pasado), acusarnos de tergiversar sus palabras y el bloqueo de las negociaciones. 

¡Es hora de movilizarse!